Cuánto cobrarás de paro

¿Cuánto voy a cobrar de paro?

El desempleo se ha convertido en la principal preocupación de los españoles. No es de extrañar teniendo en cuenta que cerca de una cuarta parte de la población no tiene trabajo en estos momentos ni lo ha tenido en los últimos años y que las perspectivas, aunque mejores, siguen sin sacar a España de una tasa de paro inferior al 15% en los próximos años.

Quedarse sin trabajo supone una drástica reducción del nivel de ingresos en la familia, aunque no necesiriamente del de sus obligaciones financieras. Hay que afrontar el pago de la hipoteca y el resto de facturas aunque entre menos dinero en casa. Carecer de unos ingresos mínimos pone en serios apuros a los que viven está situación. De ahí, que sea importante conocer qué días es necesario cotizar para tener derecho a cobrar el paro así como la cuantía de la prestación y la existencia de otro tipo de subsidios.

Calcular de antemano todo lo relativo al paro es lo que nos permitirá planificarnos ante una situación de desempleo y tener claro cuánto dinero podemos necesitar para complementar el paro.

Cuánto cobrarás de paro

Prestación económica de desempleo

La prestación económica de desempleo es gestionada por el Servicio Público de Empleo (SEPE) y aunque todas suelen tratarse por igual, es necesario diferenciar entre:

  • Prestación contributiva o el denominado paro. Es la que cobra la persona desempleada que ha cotizado mientras estaba trabajando.
  • Prestación asistencial o ayuda. Destinada a suplir la falta de prestación contributiva.
  • Prestaciones extraordinarias como el Plan Prepara o La Renta Activa de Inserción. Es decir prestaciones no habituales que se establecen con un fin concreto y durante un plazo determinado.

Explicada la diferencia, pasemos a explicar los días que son necesarios cotizar para tener derecho a cobrar una prestación contributiva o el paro.

Cuántos días he de cotizar para tener derecho a paro?

Cobrar el paroLa prestación por desempleo no está disponible desde el primer día. Es necesario cotizar una serie de días en la Seguridad Social para adquirir este derecho.

En concreto, para beneficiarse del paro es necesario estar en situación legal de desempleo y estar dado de alta en la seguridad social así como tener acumuladas unas cotizaciones de como mínimo 12 meses o 360 días en los seis años anteriores a quedarse sin empleo. Es necesario, igualmente, que las cotizaciones no se hubieran utilizado para pedir otra prestación, ya que en este caso dejarán de estar disponibles.

¿Y si he cotizado menos tiempo?

Quienes no alcancen los doce meses no podrán cobrar la prestación por desempleo, pero sí acceder al subsidio por desempleo. La diferencia entre ambas prestaciones, además del tiempo necesario para disfrutar de ellas, es la cuantía.
El subsidio es una suerte de paro de último recurso y por lo tanto el dinero que se paga es mucho menor.

¿Cuánto voy a cobrar estando de paro?

Esta es la pregunta que se hace la mayoría de personas. Para responder es necesario saber cómo se calcula la base reguladora que se tendrá en cuenta para determinar el porcentaje a percibir. En este sentido, la cuantía del paro se calcula sumando las bases de cotización por contingencias profesionales en los últimos 180 días cotizados y dividiendo entre 180.
A partir de ahí, debes tener claro que no cobrarás el 100% de tu base reguladora, sino un porcentaje. El motivo es que debe quedar un remanente para el Estado y que así también se incentiva la búsqueda activa de empleo frente a seguir cobrando el paro.

  • Primeros 6 meses: 70% de la base reguladora del trabajador.
  • A partir del séptimo mes: 50% de la base reguladora del trabajador.
  • Cuantía mínima al mes: 497 euros sin hijos a cargo o 664 euros con hijos a cargo.
  • Cuantía máxima al mes: 1.087, 20 euros sin hijos a cargo o 1.242,52 euros con hijos a cargo.

Cuánto es el paro máximo que cobrarás

Más allá del porcentaje de tu base reguladora, la Ley establece unas cuantías máximas y mínimas que percibirás independiente de cuál fuese tu salario.

Paro mínimo

Si tienes derecho a paro, nunca cobrarás menos de las siguientes cantidades::

  • Sin hijos a cargo: 497,01 €
  • Con hijos a cargo: 664,74 €

En este cálculo no importa cuál fuese tu base reguladora ni el dinero por el que hayas cotizado.

Paro máximo

El techo máximo también está fijado por ley. En este caso poco importa si has ganado 6.000 euros al mes y cotizado en función de ese dinero, lo que cobras por la prestación por desempleo nunca podrá superar estos límites:

  • Sin hijos a cargo: 1.087,20 €
  • Con hijo a cargo: 1.242,52 €
  • Con dos o más hijos a cargo: 1.397,83 €

Estas son las cantidades brutas a las que habrá que restar la cotización a la Seguridad Social y la retención de IRPF. En este punto es importante señalar que es obligatorio incluir el paro en la declaración de la renta y que al hacerlo computará como si fuese tu salario, dentro de las rentas salariales.

El subsidio por desempleo

Si no has trabajado el tiempo suficiente como para poder cobrar el paro siempre puedes pedir el subsidio por desempleo. La cuantía en este caso es del 80% del IPREM o Indicador de Rentas Públicas, que está fijado en 532,51 euros al mes. El tiempo durante el cual podrás cobrar el subsidio dependerá de tu situación personal según los siguiente baremos:

  • Cotización de entre 3 y 5 meses con cargas familiares. Podrás cobrar el subsidio durante los mismos meses que hayas cotizado.
  • Cotización de 6 meses o más con cargas familiares. Podrás cobrar el subsidio durante 21 meses, aunque el derecho se reconocerá por periodos de seis meses.
  • Cotización de entre 3 y 5 meses sin cargas familiares. Sin derecho a cobrar.
  • Cotización de 6 meses o más sin cargas familiares. Podrás cobrar el subsidio durante seis meses.

¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar el paro?

Respondida la gran pregunta de cuánto cobrarás, la siguiente cuestión es durante cuánto tiempo. El tiempo de paro depende directamente del número de días cotizados de forma que cuánto más tiempo hayas estado activo, más paro te corresponderá. En cualquier caso, el límite legal está en los 24 meses. Nunca podrás percibir la prestación por desempleo durante más de dos años. Una vez superada esa barrera podrás acceder al subsidio o a otras ayudas, pero no a la prestación.

tiempo-de-paro
Esta es la distribución del tiempo de paro en función de los meses que has estado de dado de alta.

  • 4 meses de paro: si se ha cotizado durante 360 a 539 días.
  • 6 meses de paro: si se ha cotizado durante 540 a 719 días.
  • 8 meses de paro: si se ha cotizado durante 720 a 899 días.
  • 10 meses de paro: si se ha cotizado durante 900 a 1.079 días.
  • 12 meses : si se ha cotizado durante 1.080 a 1.259 días.
  • 14 meses: si se ha cotizado durante 1.260 a 1.439 días.
  • 16 meses: si se ha cotizado durante 1.440 a 1.619 días.
  • 18 meses: si se ha cotizado durante 1.800 a 1.979 días.
  • 22 meses: si se ha cotizado durante 1.980 a 2.159 días.
  • 24 meses: si se han cotizado a partir de 2.160 días.

Antes de lanzarte a pedir el paro, recuerda que una vez solicites la prestación por desempleo y encuentres un nuevo trabajo ésta no se sumará a la nueva que vayas acumulando. Dicho de otra forma, si has estado en paro y has consumido sólo dos meses teniendo derecho a 24 meses, encuentras trabajo y te vuelves a quedar en paro, tendrás que elegir entre el paro anterior (del que te quedarían 22 meses por disfrutar) o el nuevo.

Obligaciones del parado

Por último, hay que recordar que cobrar el paro implica asumir una serie de obligaciones que detalla el SEPE y que son las siguientes:

  • Buscar activamente empleo
  • Presentarse a cubrir las ofertas de empleo que le faciliten los servicios públicos de empleo, entregando antes de 5 días el justificante en su oficina de empleo.  Es decir, debes ir a donde te manden.
  • Aceptar las colocaciones adecuadas. El SEPE no puede obligarte a aceptar ninguna oferta, pero se presupone que dirás que sí a las que encajen con tu perfil.
  • Participar de forma activa en las acciones de información, formación, inserción, trabajos de colaboración social, etc. Recuerda que el SEPE te puede llamar para mejorar tu empleabilidad y debes acudir sí o sí.
  • Renovar la demanda en la forma y fechas establecidas. Dicho de otra forma, sellar el paro cuando corresponda
  • Informar en la oficina de empleo de cambios de situación. Esto incluye desde salidas al extranjero hasta bajas médicas o cambios en la situación familiar.

Además, al darte de alta en el SEPE declaras que los datos que facilitas son ciertos, es decir, que no estás mintiendo y le autorizas a que los compruebe con otros organismos como Hacienda, por ejemplo.

Antes de lanzarte a pedir el paro, recuerda que una vez solicites la prestación por desempleo y encuentres un nuevo trabajo ésta no se sumará a la nueva que vayas acumulando. Dicho de otra forma, si has estado en paro y has consumido sólo dos meses teniendo derecho a 24 meses, encuentras trabajo y te vuelves a quedar en paro, tendrás que elegir entre el paro anterior (del que te quedarían 22 meses por disfrutar) o el nuevo.

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1 comentario en “¿Cuánto voy a cobrar de paro?”

  1. TENGO UN PROBLEMA MUY GORDO CON EL INEM TENIENDO UN PARO DE ANTES DE 8 DIAS Y OTRO DE ONCE MESES ME OBLIGARON A COGER EL DE LOS 8 DIAS LUEGO ME LO COMBINO CON EL SUBSIDIO NO ME DEJAN COGER MI PARO Y CUANDO COBRO EL SUBSIDIO COMO NO LLEGO ME LO COMBINO CON UNA HORA DE ETT ME HAN DADO UN PARO DE 180 EUROS SOY MADRE SOLTERA ,UNA CASA CON PARO ACUMULADO HE DENUNCIADO ES ILEGAL QUE TE DEN MENOS DE PARO QUE DE SUBSIDIO LO QUE HA PASADO ES UNA NEGLIGENCIA DE INFORMACION Y DE NO DAR OPCION ESTOY EN MANOS DE ABOGADOS.

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