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Deducciones autonómicas por discapacidad en la renta 2016

Las personas con discapacidad reconocida tienen derecho a desgravar en el IRPF.

Cada comunidad autónoma amplía las posibilidades que ofrece la Hacienda estatal en términos de deducciones por discapacidad en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Conoce aquí cómo pueden desgravar en cada autonomía las personas con discapacidad reconocida (más del 33%, del 65% u otros porcentajes superiores, según sea el caso) en la renta 2016 y poder lograr así un cierto ahorro de dinero.

hacienda ppadre

Deducciones por discapacidad en Andalucía

  • Deducción para personas con discapacidad de 100 euros para los contribuyentes que tengan un grado de minusvalía igual o superior al 33%, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas 392 y 405) no sea superior a 19.000 euros en caso de tributación individual o 24.000 euros en conjunta.
  • Deducción de 100 euros para los contribuyentes con cónyuges, o parejas de hecho inscritas, que no sean declarantes del impuesto en el ejercicio y que tengan la consideración de discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no supere los 19.000 euros, en tributación individual o 24.000 euros en conjunta. Incompatible con la anterior.
  • Deducción de 100 euros por asistencia a personas con discapacidad siempre que los contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de descendientes o ascendientes, a condición de que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 80.000 euros en tributación individual o 100.000 euros en tributación conjunta Si, además se acredita la necesidad de una persona de ayuda se podrá sumar el 15% del importe satisfecho a la Seguridad Social por este trabajador hasta un máximo de 500 euros.
  • Deducción por ayuda doméstica para padres monoparentales con hijos incapacitados judicialmente a su cargo. La cuantía de la ayuda será del 15% de las cantidades satisfechas por el trabajador hasta un máximo de 250 euros.

Deducciones por discapacidad en Aragón

  • Deducción de 200 euros por cada hijo nacido o adoptado cuando esté presente una discapacidad igual o superior al 33%. Esta deducción es compatible con la de nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos.
  • Deducción de 150 euros por cuidado de personas dependientes con una discapacidad superior al 65% siempre que éstas no obtengan rentas superiores a los 8.000 euros, incluidas las exentas, y que la base imponible general de ahorro menos la del mínimo personal y por descendiente no superen los 21.000 euros en declaración individual ni los 35.000 euros en declaración conjunta, entendida como la suma de las casillas 392 y 405 menos el resultante de las casillas 465 y 467 de la renta 2016.Definición de persona discapacitada para Hacienda

Deducciones por discapacidad en Asturias

  • Deducción del 3% por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes discapacitados sobre una base máxima de 13.664 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
  • Deducción del 3% por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes discapacitados sobre una base máxima de 13.664 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
  • Deducción de 303 euros para familias monoparentales con hijos a cargo con discapacidad cuyas rentas no superen los 8.000 euros. La base imponible y general del ahorro no podrá superar en ningún caso los 35.240 euros.

Deducciones por discapacidad en las Islas Baleares

  • Desgravación por arrendamiento de la vivienda habitual del 15% de los importes abonados hasta un máximo de 300 euros al tratarse de una persona con discapacidad.
  • Deducción por declarantes o por descendientes solteros o ascendientes con discapacidad física o psíquica, que residan en las Illes Balears. La deducción será de 80 euros en caso de discapacidad física o sensorial superior al 33% pero inferior al 65%, y de 150 euros cuando sea superior al 65% o psíquica mayor del 33%. Además, la base imponible general de ahorro menos la del mínimo personal y por descendiente no debe superar los 12.500 euros en declaración individual ni los 25.000 euros en declaración conjunta.hacienda

Deducciones por discapacidad en Canarias

  • Deducción de 300 euros por cada contribuyente discapacitado con un grado de minusvalía superior al 33%. Si, además, la persona con discapacidad supera los 65 años de edad se podrán añadir otros 120 euros. Solo tendrán derecho a esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas, en el período impositivo del nacimiento o de la adopción, por importe superior a 39.000 euros en tributación individual y 52.000 euros en conjunta.
  • Deducción de 500 euros por familia numerosa de categoría general, o 1.000 euros si es de categoría especial, y alguno de los de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar regulado en la normativa estatal tenga un grado de minusvalía física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%. De nuevo la base imponible no podrá ser mayor a 39.000 euros en declaración individual ni a 52.000 en conjunta.
  • En caso de que el hijo nacido o adoptado tenga una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%, siempre que dicho hijo haya convivido con el contribuyente ininterrumpidamente desde su nacimiento o adopción hasta el final del período impositivo, además de la deducción correspondiente al nacimiento o adopción (primer o segundo hijo, 200 euros; tercero, 400; cuarto, 600; y quinto y sucesivos, 700) podrá deducirse la cantidad que proceda de las siguientes:
    • 400 euros cuando se trate del primer o segundo hijo que tenga discapacidad.
    • 800 euros cuando se trate del tercer o posterior hijo con discapacidad, siempre que sobrevivan los anteriores hijos con minusvalía.
  • El 0,75% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación o mejora para adaptar la vivienda a discapacitados.
  • Deducción del 3% de las cantidades donadas en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años que presenten una discapacidad igual o superior al 65% con un límite máximo de 720 euros por donatario, siempre que el dinero se destine a la compra o rehabilitación de su primera vivienda. La deducción será del 2% con un máximo de 480 euros cuando la discapacidad sea del 33%.

Deducciones por discapacidad en Cantabria

  • Deducción de 100 euros por cuidado de familiares por cada ascendiente o descendiente con minusvalía física, psíquica o sensorial, que tenga la consideración de minusválido con un grado igual o superior al 65%.
  • Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por arrendamiento o alquiler de vivienda habitual por parte de personas con discapacidad igual o superior al 65% hasta un límite de 300 euros siempre que la suma de la base imponible del ahorro y general no supere los 22.000 euros en tributación conjunta ni los 31.000 en individual.
  • Deducción del 15% por obras y reformas en la vivienda habitual para la mejora energética, seguridad, estanqueidad o instalación de infraestructuras con unos límites de 1.500 euros en tributación individual y 2.500 en conjunta cuando se acredite que el contribuyente tiene una discapacidad igual o superior al 65%. Esta deducción también está disponible para el resto de contribuyentes, sólo que las cantidades son menores (1.000 euros en individual y 1.500 en conjunta).
  • Deducción del 5% de las cuotas a mutualidades o seguros médicos no obligatorios con un máximo de 300 euros en tributación individual y 400 euros en conjunta siempre que el contribuyente acredite una minusvalía igual o superior al 65%. En caso de no existir minusvalía, la deducción será de 200 y 300 euros respectivamente.
  • Deducción del 10% por los gastos y honorarios profesionales que se hayan abonado por enfermedad, accidentes e invalidez con un máximo de 500 y 700 euros en tributación individual y conjunta respectivamente. Estas cantidades serán de 600 y 800 euros para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.consultar renta pagina de Hacienda

Deducciones por discapacidad en Castilla La-Mancha

  • Deducción de 200 euros en caso de familias numerosas de categoría general y 400 euros para las de categoría especial. Las deducciones anteriores serán de 300 y 900 euros, respectivamente, cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar, tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65% y generen el derecho a la aplicación del mínimo por minusvalía.
  • Deducción de 300 euros por discapacidad del contribuyente con un grado de minusvalía igual o superior al 65% siempre que la base imponible general no supere los 27.000 euros en tributación conjunta ni los 36.000 en conjunta.
  • Deducción de 300 euros por discapacidad de ascendientes o descendientes con un grado de minusvalía igual o superior al 65% siempre que la base imponible general no supere los 27.000 euros en tributación conjunta ni los 36.000 en conjunta. Esta deducción es incompatible con la de discapacidad del contribuyente respecto de una misma persona.
  • Deducción de 600 euros por acogimiento no remunerado de personas con discapacidad superior al 33% que convivan con el contribuyente durante más de 183 días al año. Los familiares no pueden incluirse en esta desgravación. Además, la base imponible general no podrá superar los 12.500 euros en declaración individual ni los 25.000 euros en conjunta.
  • Deducción del 15% de las cantidades donadas a organizaciones de ayuda a los discapacitados.

Deducciones por discapacidad en Castilla y León

  • Deducción por nacimiento o adopción de hijos con minusvalía superior al 33% de 1.420 euros si se trata del primer hijo, 1.950 euros si se trata del segundo y 4.702 euros si se trata del tercer o sucesivos. Estas cantidades son el doble de las que pueden aplicar el resto de contribuyentes.
  • Deducción de 300 euros por discapacidad igual o superior al 33% siempre que su base imponible general y del ahorro sea inferior a 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta y que el contribuyente no sea usuario de residencias públicas o concertadas.
  • Deducción por discapacidad de 656 euros para un grado de tal igual o superior al 65% y de 300 euros por cada contribuyente menor de 65 años pero con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Además, la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no podrán superar los 18.900 euros en tributación individual ni los 31.500 en tributación conjunta. En este caso tampoco podrá ser usuario de las residencias públicas o concertadas de la región.
  • Deducción del 10% de las inversiones en vivienda habitual para su adecuación para la accesibilidad y comunicación sensorial que facilite el desenvolvimiento digno y adecuado de uno o varios ocupantes de la vivienda que sean personas con discapacidad, siempre que éstos sean el sujeto pasivo o su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive con un límite máximo de 10.000 en la base de la deducción.
  • Deducción de 492 euros por familia numerosa cuando alguno de los cónyuges o de los descendientes a los que se compute para cuantificar el mínimo por descendientes, tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65% siempre que base imponible del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no supere los 18.900 euros en tributación individual ni los 31.500 en tributación conjunta. El importe de la deducción se incrementará en 410 euros por cada descendiente, a partir del cuarto inclusive, a los que sea de aplicación el mínimo por descendientes.
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Deducciones por discapacidad en Cataluña

  • Deducción del 10% por alquiler de vivienda habitual por parte de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% hasta un máximo de 300 euros anuales. Para poder acceder a ella el alquiler debe superar el 10% de las rentas y la suma de las casillas 392 y 405 menos la casilla 473 del IRPF 2016 no ser mayor a 20.000 euros. En el caso de las familias numerosas la deducción se eleva hasta un máximo de 600 euros.

Deducciones por discapacidad en Extremadura

  • Deducción de 150 euros por cuidado de familiares con discapacidad física, psíquica o sensorial con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Si, además, el ascendiente o descendiente tiene reconocido el derecho a una ayuda a la dependencia, pero, a 31 de diciembre aún no la percibía, la deducción asciende a 220 euros. Para poder beneficiarse de esta ayuda fiscal, la base imponible general y del ahorro no podrá superar los 19.000 euros en tributación individual ni los 24.000 euros en conjunta.
  • Deducción del 5% por arrendamiento de vivienda habitual, hasta un límite de 300 euros, para personas con discapacidad con un grado igual o superior al 65%.
  • Deducción del 10% por arrendamiento de vivienda habitual, hasta un límite de 300 euros, para personas con discapacidad con un grado igual o superior al 65% que residan en el medio rural.Tiempo de impuestos IRPF

Desgravar por minusvalía en Galicia

  • Deducción de 500 euros por familia numerosa de categoría general y de 800 por categoría especial cuando alguno de los cónyuges o descendientes tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Deducción del 20% del importe satisfecho por alquiler de vivienda habitual por jóvenes, con un límite de 600 euros. En caso de tener dos o más hijos menores de edad la deducción será del 40%, con un límite de 1.200 euros. En ambos supuestos, es en caso de que el arrendatario tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Además, la base imponible no podrá superar los 22.000 euros.
  • Deducción del 10% para las cantidades satisfechas a terceros por los contribuyentes de edad igual o superior a 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65% y que precisen ayuda de terceras personas, con el límite máximo de 600 euros. Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro minorada en el importe de los mínimos personal y familiar, no podrá superar los 22.000 euros en tributación individual ni los 31.000 euros en conjunta.
  • Deducción por nacimiento de hijos con una discapacidad igual o superior al 33% que dependerá del número de hijo del que se trate y de la base imponible del contribuyente. Para una persona con una base inferior a 22.000 euros, la ayuda será de 720 por el primer hijo, 2.400 por el segundo y 4.800 por el tercero y siguientes. Para una persona con una base entre 22.000 y 31.000 euros la ayuda será de 600 euros por hijo, mientras que las personas con una base superior a 31.000 euros no percibirán ayudas.

Desgravar por minusvalía en Madrid

  • Deducción de 900 euros por acogimiento no remunerado de personas con más de un 33% de minusvalía por cada persona que conviva más de 183 días al año sin contraprestación.

Desgravar por minusvalía en la Región de Murcia

  • Deducción del 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente igual o menor de 35 años. La base máxima de las cantidades satisfechas con derecho a esta deducción estará constituida por el resultado de restar de la cifra de 9.040 euros, aquellas cantidades que constituyan para el contribuyente la base de dicha deducción estatal, excluidas, en su caso, las cantidades destinadas a obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad, y sin que en ningún caso la diferencia pueda ser negativa.ley irpf

Desgravar por minusvalía en La Rioja

  • Deducción del 3% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente menor de 36 años. La base máxima de las cantidades satisfechas con derecho a esta deducción estará constituida por el resultado de restar de la cifra de 9.040 euros aquellas cantidades que constituyan para el contribuyente la base de dicha deducción estatal, excluidas, en su caso, las cantidades destinadas a obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.
  • Deducción del 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente menor de 36 años. La base máxima de las cantidades satisfechas con derecho a esta deducción estará constituida por el resultado de restar de la cifra de 9.040 euros aquellas cantidades que constituyan para el contribuyente la base de dicha deducción estatal, excluidas, en su caso, las cantidades destinadas a obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad. Eso sí, siempre que no se superen los siguientes umbrales:
    • 18.030 euros en declaración individual.
    • 30.050 euros en declaración conjunta.
  • Deducción del 7% de las cantidades invertidas en la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de una única segunda vivienda en el medio rural, con un máximo anual de 450,76 euros, siempre que dicha vivienda se encuentre en un municipio distinto al de su vivienda habitual, exigiéndose las mismas condiciones respecto a la base imponible que en los dos apartados anteriores.

Desgravar por minusvalía en la Comunidad Valenciana

  • Deducción de 224 euros por nacimiento o adopción en el período impositivo de un hijo discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, o psíquico con un grado de minusvalía igual o superior 33%. Para poder beneficiarse de la desgravación la suma de las casillas 445 y 455 no podrá superar los 25.000 euros en tributación individual ni los 40.000 euros en conjunta. En cualquier caso, el importe íntegro de la deducción sólo se aplicará cuando la cifra esté sea inferior a 23.000 euros en declaraciones individuales y a 37.000 euros en conjuntas.
  • Deducción de 275 euros, cuando el hijo que padezca dicha discapacidad, tenga, al menos, un hermano con discapacidad física o sensorial en grado igual o superior al 65%, o psíquica, en grado igual o superior al 33%.
  • Deducción de 179 euros por contribuyente discapacitado con un grado de minusvalía mayor o igual del 33% y de edad igual o superior a 65 años, siempre que no reciba algún tipo de prestación por invalidez o por envejecimiento que se halle exenta en el norma estatal. Es necesario que la suma de la base liquidable general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o 40.000 euros en tributación conjunta.
  • Deducción de 179 euros por ascendientes mayores de 65 años con discapacidad psíquica superior al 33% o física igual o superior al 65%. Es necesario que la suma de la base liquidable general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o 40.000 euros en tributación conjunta.mapaclausula

En último lugar, aunque fuera de la renta 2016, al disponer de un sistema fiscal propio, las deducciones por discapacidad en Navarra y el País Vasco son las que figuran a continuación.

Desgravar por minusvalía en Navarra

-Se mantiene la deducción por inversión de vivienda habitual para aquellas personas que la adquirieron o rehabilitaron antes de 31 de diciembre de 2015. Así, si la adquirieron o rehabilitaron antes del 1 de enero de 2013, será deducible el 15%, el 18 o el 30% según el número de hijos de las cantidades satisfechas con el límite de 7.000 euros anuales en la declaración individual y 15.000 euros anuales en caso tributación conjunta. Siguen siendo de aplicación los porcentajes del 20%, 23% y 35% en el supuesto de adquisición de viviendas de protección oficial, de precio tasado o de precio libre limitado adquiridas hasta 2011. Si la adquirieron o rehabilitaron entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015, además de lo dispuesto en las líneas anteriores, para que proceda la deducción la suma de bases del período impositivo del sujeto pasivo no podrá superar los siguientes umbrales.

  • En régimen de tributación individual.
    • Con carácter general: 24.000 euros.
    • 27.000 euros para sujetos pasivos con uno o dos hijos.
    • 30.000 euros en el caso de familias numerosas.

Para tener en cuenta la situación personal y familiar las mencionadas cuantías se incrementarán en 3.000 euros si el sujeto pasivo tiene una discapacidad entre el 33 y el 65% y en 7.000 euros si es superior al 65%. Si la discapacidad es de los descendientes, dichos importes serán 1.500 euros y 3.500 euros.

  • En régimen de tributación conjunta.
    • 48.000 euros con carácter general.
    • 54.000 euros para sujetos pasivos con uno o dos hijos.
    • 60.000 euros en el caso de familias numerosas.

Las citadas cuantías se incrementarán en 3.000 euros por cada sujeto pasivo o descendiente con una discapacidad entre el 33 y el 65% y en 7.000 euros si es superior al 65%.

Desgravar por minusvalía en el País Vasco

Álava

-Las deducciones para personas con discapacidad o para las que los tienen a su cargo son de 779 euros para grados comprendidos entre el 33 y el 65%, de 1.113 euros cuando superen el 65%, de 1.334 euros si se rebasa el 75% y si se computan entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera de persona (ATP), y de 1.666 euros si el grado es mayor del 75% y los puntos son más de 40.

-Por cada descendiente con discapacidad que conviva con el contribuyente en Araba se reconoce la aplicación de la siguiente deducción:

  • 585 euros anuales por el primero.
  • 724 euros anuales por el segundo.
  • 1.223 euros anuales por el tercero.
  • 1.445 euros anuales por el cuarto.
  • 1.888 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos descendientes.
    • Deducciones complementarias:
      • Por cada descendiente menor de 6 años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme al apartado anterior, se practicará una deducción complementaria de 335 euros anuales.
      • Por cada descendiente mayor de 6 años, incluyendo esta edad, y menor de 16 años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme al apartado anterior, se practicará una deducción complementaria de 52 euros anuales.

Guipúzcoa

La Hacienda foral de Gipuzkoa aplica un incremento a las bonificaciones por rendimiento del trabajo en caso de minusvalía del 100% para los trabajadores con una minusvalía entre un 33% y un 65% y del 250% cuando, además, suman movilidad reducida o superan el 65% de discapacidad.

Además, dispone de una deducción por discapacidad o dependencia del contribuyente cónyuge, ascendiente o descendiente, pareja de hecho o pariente colateral hasta en cuarto grado de 867 euros para una minusvalía de entre el 33% y el 65%, de 1.224 euros cuando sea superior al 65%, de 1.428 euros cuando es superior al 75% y además se acreditan entre 15 y 39 puntos de ayuda a tercera persona y de 2.040 cuando los puntos superan los 40.

A esto hay que sumar la deducción del 30% con un límite anual de 3.000 euros por aportaciones al patrimonio protegido de personas con discapacidad.

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Vizcaya

-Las deducciones para personas con discapacidad o para las que las tienen a su cargo son de 779 euros para grados comprendidos entre el 33 y el 65%, de 1.113 euros cuando superen el 65%, de 1.334 euros si se rebasa el 75% y si se computan entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera de persona (ATP), y de 1.666 euros si el grado es mayor del 75% y los puntos son más de 40.

La deducción la puede practicar la propia persona discapacitada (siempre que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%), su cónyuge o pareja de hecho, o los familiares de los que dependa. Cuando la persona con discapacidad presente declaración por el IRPF podrá optar entre aplicarse en su totalidad la deducción o que se la practique en su totalidad el contribuyente de quién dependa. En el caso de que se opte por esta segunda posibilidad y la persona con discapacidad dependa de varios contribuyentes, la deducción se prorrateará y practicará por partes iguales por cada uno de estos contribuyentes.

Otras personas no familiares también pueden aplicarse la deducción si conviven con discapacitados de edad igual o superior a 65 años siempre que la persona con discapacidad no obtenga rentas anuales superiores al doble del salario mínimo interprofesional (sin incluir las exentas).

También podrá aplicar la deducción cuando la persona afectada por la discapacidad o dependencia esté vinculada al contribuyente por razones de tutela o acogimiento, siempre que este no obtenga rentas anuales superiores al doble del SMI cualquiera que sea su edad (sin incluir las exentas).

-Para contribuyentes con residencia habitual en Bizkaia se reconoce una deducción en la cuota íntegra del IRPF por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad del 30%, con el límite anual máximo de 3.000 euros.

La deducción podrá aplicarse por los contribuyentes que tengan con la persona con discapacidad una relación de parentesco en línea directa o colateral, hasta el tercer grado inclusive, así como por el cónyuge o pareja de hecho de la persona con discapacidad o por aquéllos que lo tuviesen en régimen de tutela o acogimiento.

 

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