Hipoteca Inversa para tu jubilación

Cualquier momento es un buen momento para plantearse qué se quiere en el futuro y tratar de organizarlo de la mejor manera posible para contar con un bienestar satisfactorio. Por la mayoría es conocido el término hipoteca sin más, que hace referencia al préstamo que se percibe por parte de un banco para que la persona que lo solicita pueda adquirir una vivienda, al tiempo que se contrae una deuda con el banco. Cuando nos referimos a una hipoteca inversa en realidad estamos hablando de un préstamo un tanto peculiar porque éste va dirigido a personas que tengan más de 65 años o que sean dependientes y que, al tiempo, cuenten con la propiedad de una vivienda.

Si en el caso de la hipoteca convencional es el solicitante el que paga al banco, con la hipoteca inversa ocurre justo lo contrario, es el banco el que da una cantidad fija y acordada al titular de la vivienda en cuestión (normalmente se hace cada mes, pero esto también se puede negociar) La gran ventaja de este tipo de hipotecas es que el propietario recibe hasta su fallecimiento esa cuantía pudiendo disfrutar de su vivienda en todo momento. Si esto te parece interesante, calcula tu hipoteca inversa para saber de qué cantidad de dinero podríamos estar hablando.

Cuánto se recibe por una hipoteca inversa

Exactamente igual que ocurre con la hipoteca más conocida no existe una respuesta general sino que en cada caso dependerá de varios factures que habrán de tenerse en cuenta. Hablamos, por ejemplo, de la edad de la persona porque si bien es cierto que se puede solicitar la hipoteca inversa desde los 65 años el banco no estará dispuesto a dar la misma cantidad con esta edad que con 70, 75, 80 años … Por supuesto también tiene que ver el valor con el que, de por sí, cuente la vivienda y del tipo de hipoteca que se solicite porque puede ser vitalicia o bien establecer un plazo determinado (si así se desea)

La duda lógica, llegados a este punto, es saber qué ocurre con los herederos, de haberlos. En principio, cuando el titular o titulares de la vivienda que ha sido hipotecada fallecen, los herederos reciben todo de ellos. Es decir, tanto la vivienda como la deuda que se haya contraído y llegados a esa situación lo que se puede hacer es: o bien quedarse con la vivienda y para ello deben pagar la deuda contraída con el banco. Si no se tiene suficiente capital, se puede solicitar una hipoteca estándar a tal efecto. O bien lo que se puede hacer es vender la casa y con ese dinero se paga la deuda que se tenga. Si no se alcanza con esto a pagar todo lo que se debe, el mismo banco puede instar a vender otras pertenencias, tales como otros bienes de la herencia, que bien podría ser lo que contenga la misma casa (como es el caso de los muebles)

La hipoteca inversa, de cualquier modo, debe contemplarse como una manera sencilla para las personas mayores que cuentan con una vivienda para complementar la pensión con la que cuenten.

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