Si eres joven éstas son tus deducciones

Los jóvenes, y entendemos por jóvenes personas menores de 36 años, suelen caracterizarse por tener escasez de recursos. Su economía es incipiente, carecen de grandes ahorros y de experiencia laboral, por lo que sus salarios suelen ser más bajos. A todo esto se suma que deben afrontar grandes gastos por primera vez como los de emancipación o la compra de un coche. Para hacer todo esto más sencillo, el Gobierno les otorga ventajas y deducciones fiscales.

Son muchas las becas y ayudas de las que un joven puede beneficiarse pero cuando se trata de la declaración de la renta, estas escasean. No obstante, aquí mostramos las deducciones fiscales existentes para los jóvenes.

Deducciones fiscales para jóvenes

Deducciones indirectas

En estos casos, el joven no tiene deducciones fiscales pero otras entidades se benefician a partir de su contratación o colaboración. Es decir, el propio contribuyente menor de 36 años no obtiene ninguna ventaja pero la empresa, casero y otras instituciones sí:

  • Propietarios de pisos vacíos que alquilan la vivienda a jóvenes de entre 18 y 30 años o 35 si el contrato se firmó con fecha anterior al 1 de enero de 2011. Pueden deducir en un 100% los ingresos recibidos por el alquiler. En el caso de que los inquilinos sean mayores de 30 años, podrán deducir el 60% de estos ingresos. También pueden deducir los gastos que suponga las conservación y financiación.
  • Para fomento del autoempleo de jóvenes, se deducen 500 euros por persona.
  • Por gastos educativos. En el ámbito autonómico los contribuyentes pueden beneficiarse de diferentes deducciones. En la Comunidad de Madrid, los contribuyentes cuya renta familiar sea inferior al número de miembros de la unidad familiar multiplicado por 30.000€ tienen derecho a una deducción del 15% por gastos de escolaridad, del 5% por vestuario exclusivamente escolar y del 10% por enseñanza de idiomas. Se establece un máximo de 900€ por estudiante.
  • Tributación conjunta. Si se es menor de 25 años y no tiene una declaración individual superior a 1800 euros anuales, su unidad familiar puede beneficiarse de la tributación conjunta, de esta manera se establece un mínimo personal de 3.400€.

Deducciones directas

Estas son las deducciones fiscales  que recibe directamente el joven en su propia declaración de la renta.

  • Alquiler de vivienda habitual. Si sus rentas anuales son inferiores a los 24.107,20€, pueden deducir (a nivel estatal) el 10,05% de la cuota que pagan, variando según sus ingresos. A estas ventajas fiscales estatales se les pueden sumar las autonómicas, que suelen ofrecer descuentos de entre el 10% y el 20%. En Madrid por ejemplo, tienen un descuento del 20% hasta un máximo de 840 euros al año.
  • Movilidad geográfica. Los requisitos son haber estado inscrito en la oficina de empleo del anterior municipio, aceptar un puesto de empleo en un municipio distinto al de residencia habitual y trasladar la residencia a este nuevo municipio. La reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, aumentará en un 100 por ciento el importe de la reducción prevista por la obtención de rendimientos del trabajo.

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