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fiscalidad. Archivos de la categoría ‘fiscalidad’

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La hipoteca en el matrimonio…. y después del mismo

Las crisis económicas ponen en evidencia muchas carencias del ser humano. Y una de ellas tiene que ver con el amor y el dinero.

Siempre he pensado que no hay que mezclar el afecto con la economía. No digo que deban ser compartimentos estancos ni mucho menos, ya que la vida es un cúmulo de situaciones y experiencias que, para ser rica, deben combinarse de forma armoniosa. Pero combinarse de forma armoniosa un préstamo hipotecario y una relación amorosa es un ejercicio de funambulismo.

Muchas parejas recientes decidieron emanciparse de sus respectivas familias adquiriendo una vivienda, solicitando el dinero al banco. El alquiler no era una opción a analizar, ya que “es tirar el dinero“, pensaban muchos.

Sin embargo el alquiler, de entre todas las ventajas que pueda tener, permite dejar de convivir con la pareja, en caso de ruptura, sin apenas consecuencias económicas. En cambio, la separación o divorcio de unapareja hipotecada conlleva múltiples y graves perjuicios económicos si no hay acuerdo en determinados temas.

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Las propuestas del Banco de España atacan al mercado laboral

Que el Banco de España se alineaba con las propuestas más neoliberales en materia de empleo no era desconocido, pero hasta ahora se había cuidado mucho de tomar las posiciones más radicales, aunque parece que esa prudencia que se le puede exigir a un organismo de supervisión financiera nacional ha pasado a mejor vida.

En la presentación de su “Informe Anual 2010″, el Banco de España no ha dudado en responsabilizar al ordenamiento jurídico laboral de las elevadas tasas de desempleo que sufre nuestra economía, debido a su incapacidad para adaptarse a las circunstancias de cada conyuntura económica.

Así, las conclusiones del “Informe Anual 2010″ son claras y unidireccionales. En primer lugar abogan por una mayor flexibilización del mercado laboral, recrudeciendo la actual reforma laboral, demasiado corta a juicio de la entidad financiera. Esta flexibilidad debería de ser tanto interna como externa.

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¿Terminará la amnistía fiscal con la economía sumergida?

El periodo de gracia concedido por el Gobierno a las empresas para aflorar todo el empleo irregular amenaza con caer en saco roto, a tenor de las otras dos aministías aprobadas en 1984 y 1991.

Así lo han advertido los Técnicos de Hacienda, quienes consideran que “la aplicación de amnistías fiscales para hacer aflorar la economía sumergida no es la herramienta adecuada para hacer emerger las bolsas de dinero negro, como demuestran los resultados de las regularizaciones emprendidas a lo largo de las pasadas décadas”.

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¿Cómo tributan los planes de pensiones?

Se acerca fin de año, y con ello el se reduce el tiempo para tomar decisiones concretas que nos ayuden a recortar el pago de la declaración de la renta, y los planes de pensiones constituyen una excelente alternativa para lograrlo.

Las aportaciones a los planes de pensiones son una muy buena alternativa, y este año son muchas las entidades que se encuentran incentivando las aporaciones o traspasos a cambio de regalos en sus campañas de planes de pensiones.

Las aportaciones permiten reducir la base imponible del IRPF con el límite general de 10.000 euros para el caso de que el partícipe tenga hasta 50 años, y este limite se incrementa hasta los 12.500 euros para participes mayores a 50 años.

Asimismo, dicho límite de 10.000 euros no puede superar el 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, ni el importe incrementado de 12.500 euros (para mayores de 50 años) puede superar el 50%.

Según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), este año las aportaciones a los planes de pensiones permitirán un ahorro medio de 384 euros, que pueden oscilar entre los 200 y los 3.500 euros dependiendo de las características de cada contribuyente.

Otra alternativa viable para quienes estén próximos a jubilarse, es adelantar su ubilación y ejercer durante este año el rescate de su plan de pensiones, y de esta forma podrá generar un importante ahorro fiscal ya que tributa como rendimiento del trabajo.

En este sentido, debemos tener claro que las prestaciones recibidas tanto en forma de renta como de capital, se consideran siempre rendimientos de trabajo:

  • Si la prestación es en forma de capital: existe un régimen transitorio por el que se aplica una reducción del 40% al importe que corresponda a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, es decir, a la suma del capital acumulado en esa fecha más los rendimientos acumulados hasta el cobro de la prestación. El resto de las cantidades que se cobren en forma de capital no tienen reducción, por lo que se integran en su totalidad como rendimiento de trabajo.
  • Si la prestación es en forma de renta: integrará el importe total en la base imponible del IRPF sin ninguna reducción.

Ahora, volviendo al tema de las aportaciones, es interesante tener en cuenta que si el cónyuge del contribuyente no dispone de rentas netas del trabajo superiores a los 8.000 euros es conveniente realizar aportaciones a un plan de pensiones a nombre del contribuyente por un máximo de 2.000 euros o a los familiares, hasta un tercer grado de parentesco, con discapacidad.

En este caso, se pueden realizar aportaciones a un plan de pensiones a su nombre con el límite máximo de 10.000 euros por aportante y de 24.250 euros globalmente.

En general, el problema para los contribuyentes que no disponen de rentas de trabajo o de actividades económicas es que no pueden realizar aportaciones, pero el contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas del trabajo o de actividades económicas o que éstas sean de cuantía inferior a 8.000 € anuales, podrá reducir en la base imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones de los que sea participe dicho cónyuge, con el límite máximo de 2.000 € anuales.

En el caso de personas con minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, pueden realizar aportaciones y beneficiarse de las reducciones en la base imponible del IRPF, tanto ellas como sus parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado, con los siguientes importes máximos:
• Partícipes con discapacidad: 24.250 €.
• Familiares o tutores: 10.000 €.
• Límite de aportaciones anuales, incluidas las del propio minusválido y del tutor y familiares: 24.250 €.

Por oto lado, además de los planes de pensiones, otra forma de ahorrase un dinero en su declaracion de la renta, es con la compra de una vivienda, pero tenga en cuenta que este año desaparece la desgravación por compra de vivienda para quienes ganen más de 24.107 euros anuales, con lo cual si tiene pensado comprar una vivienda, una buena opción es hacerlo antes de fin de año, para obtener un ahorro importante.

Otra opción son los donativos a ONGs, ya que las aportaciones a partidos políticos o el pago de cuotas a sindicatos pueden incrementar sus desgravaciones aplicables, y quienes abran una cuenta ahorro-empresas, pueden obtener una deducción fiscal del 15% a las aportaciones realizadas.

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