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¿Conviene jubilarse?

La pregunta así sola puede parecer absurda, y si lo pensamos poco tiempo, claramente lo es. A veces me cuestiono, si el dinero que aporto al sistema social, algún día podré verlo nuevamente, y la respuesta lógica es que sí, pero a veces tenemos mucho menos de lo que nos “matamos” poniendo mes a mes.

Entonces, ¿existe manera de guardarnos este dinero y buscar una salida mejor que la jubilación? Realmente no tiene una respuesta cierta este interrogante, pero sí podemos darle muchos consejos de qué hacer con su dinero para lograr llegar a su edad de retiro, o retirarse cuando desee con un buen “colchón” de euros para vivir.

Asimismo, durante su vida laboral, posea o no ahorros suficientes para jubilarse, es algo común que en algún momento no pueda trabajar o no haya oportunidades laborales y caiga en el paro.

Lo que tenemos que tener en claro es que, la edad de jubilación, o la considerada para tal evento de la vida, es un momento en el cual uno no tiene todo el espíritu que tenía hace 40, 30 o 20 años atrás, y nadie le garantiza que:

  • Gozará de aptitud física, mental y emocional para trabajar
  • Encontrar un trabajo y conseguir que lo contraten
  • Ganar lo suficiente como para cubrir sus gastos de vida ahora y en el futuro

Además, debemos tener en claro que, a la hora de estar jubilado y no trabajar más, las personas necesitan más dinero que el que creen. Es un número sorprendente si se calcula lo que conviene ahorrar o invertir para su jubilación.

El consejo básico es el de no dejar de ahorrar e invertir para su jubilación por suponer que nunca será suficiente. Es preferible tener poco y que le falten algunas cosas a nunca haber juntado un euro para su momento final.

Entonces, ¿conviene jubilarse, o bien, ahorrar para la jubilación bajo el sistema actual? Y mi respuesta luego de leer todo esto, es que no, que es preferible invertir en algo que sea más redituable a largo plazo.

Existen muchos planes de ahorro y capitalización compuesta de entidades financieras internacionales que permiten financiarnos durante muchos años con el aporte de una cuota grande anual durante más de 20 años. Pasa que normalmente empezamos a pensar en nuestra jubilación cuando tenemos 50 años, y nos quedan menos de 20 para aportar y juntar dinero. Nunca en la juventud de los 20 años, o en la madurez laboral de los 30 nos detenemos a decir “bueno en muchos años voy a necesitar dinero también”.

La idea principal es tratar de ver el futuro con la esperanza de que siempre pueda tener un trabajo gratificante por más tiempo y dedicarse a ahorrar e invertir desde ahora para que no le falte dinero si se queda sin trabajo. Sin olvidar que, la jubilación es uno de los objetivos financieros personales más importantes de la vida; y no por nada, es el más caro de todos.

En cuanto a algunos consejos, recomendamos tener en cuenta lo siguiente:

  • Trabajar dentro de un presupuesto
  • Ahorrar vía vehículos de inversión que generen intereses
  • Tener siempre un broker o asesor
  • Encontrar la forma de ganar más dinero y ahorrar más
  • Evitar gastos innecesarios

¿Por qué es que escribo esto?

La idea me surgió a fines del año pasado cuando leí que cada español debe ahorrar 7.000 euros de media para garantizar su jubilación y que cuatro de cada diez aún confía en que el estado financie enteramente su jubilación

Si bien no estoy para nada en contra del sistema jubilatorio estatal, todo lo contrario, soy partidario de él, considero al mismo como insuficiente, y emparchado como la mayoría de las decisiones políticas económicas de la época.

Entre los instrumentos más buscados para invertir para su jubilación, recomiendo:

  • Depósitos o acciones: los activos distintos a pensiones, podrían llegar a cubrir en torno a un 25% del déficit.
  • Retrasar la jubilación: en muchos países se puede retrasar la jubilación hasta los 70 años, con lo cual se reduciría este déficit en un 30%.
  • Optar por el retiro programado, o al menos dejar buena parte de los ahorros en esa condición. Así podrá tener la posibilidad de cambiarse a la otra modalidad de pensión.
  • La inversión de los ahorros en activos tales como inmuebles para arriendo es probablemente menos atractiva de lo que parece. Actualmente esta rentabilidad puede ser mayor que la de los bonos, pero a futuro la rentabilidad de los alquileres baja, por aumento en la oferta.

La reforma laboral que plantea Europa

Por estos primeros días de 2011, la Comisión Europea se muestra en activo con los diferentes temas actuales que tienen que aprobarse como el fondo de rescate europeo además del tema del retraso de la edad de jubilación y el reducir las prejubilaciones.

Bruselas ha salido a solicitarle a todos los Estados miembros que retrasen la edad de jubilación además de eliminar las prejubilaciones de cara para mejorar sistemas de pensiones actuales de los estados miembros.

Otra de las medidas será la de seguir con la reformas en el mercado laboral y la reestructuración del sector financiero de cada estado miembro. Dentro de las prioridades que los Gobiernos también deben reforzar la elaboración de sus presupuestos y planes de reformas para 2012.

Todas estos objetivos se encuentran dentro del llamado ”semestre europeo”, teniendo como finalidad que Bruselas lleve a revisación los presupuestos nacionales antes de ser aprobados parlamentariamente pudiendo evitar dificultades en el déficit.

Si bien han sido varios los Estados miembros que han hecho reformas en sus sistemas de pensiones. Igualmente se aboga por la reforma de los sistemas de pensiones teniendo que incluir:
-El aumento de la edad de jubilación estando ligado a la esperanza de vida
-La reducción de los sistemas de prejubilaciones e incentivos para poder contratar a trabajadores mayores de edad.
-La formación continúa

Otras de las medidas a tomarse además de las reformas en las pensiones y tendientes a estas es en el mercado laboral permitiendo bajar la tasa de paro como la de España con altos niveles.

Para ello se deberán de ligar las prestaciones por desempleo a la búsqueda de empleo y a realizar cursos de formación. Mientras que para los países con problemas de déficit por cuenta corriente, tendrán que mejorar el sistema de salarios lo que mejorará la competitividad.

Así quieren reformar los sindicatos el sistema de pensiones

La Fundación Primero de Mayo ha elaborado un documento que resume la posición de los sindicatos ante la reforma de pensiones, un cambio que los representantes de los trabajadores admiten necesario, pero con unas propuestas diferentes a las del Gobierno.

El informe “Criterios y alternativas para abordar una nueva reforma del sistema público de pensiones”, elaborado por el secretario confederal de Seguridad Social de Comisiones Obreras, Carlos Bravo, resume la postura que están defendiendo los sindicatos en sus negociones con el Ministerio de Trabajo.

Unas conversaciones cuyo principal punto de fricción está siendo el rechazo de los CCOO y UGT a retrasar la edad legal de jubilación a los 67 años, porque consideran que el problema demográfico debe resolverse por otras vías.

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Como actualizar rentas, salarios y alquileres en 2011

Con el nuevo año llega el momento de actualizar rentas y alquileres. Todavía desconocemos el dato oficial de diciembre, pero sí contamos con el IPCA adelantado para completar la serie del IPC 2010. Si se confirman las previsiones, el IPC cerrará el año en el 2,9% y la media anual de ese ejercicio sería de 1,8%. El primero de estos datos será uno de los que utilicemos para actualizar rentas, aunque para otros habrá que acudir al objetivo de inflación para 2011, fijado en el 1% si nos atenemos a la subida de las pensiones.

IPC de los Alquileres

En primer lugar, convienen aclarar la obligatoriedad de actualizar las rentas de los alquileres según estipula la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU). En este sentido, durante los cinco primeros años la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador en la fecha en la que cumpla cada año de vigencia aplicando la variación porcentual experimentada por el IPC en un periodo de doce meses y no a través de otros índices como el Índice de Vivienda Rúbrica. A partir del sexto año la actualización se llevará a cabo según lo dispuesto por ambas partes o en su defecto por lo que marca la ley.

Es decir, que el IPC de los alquileres debe actualizarse cada doce meses a partir de la firma del contrato y no a principios de año. Calcular el incremento del alquiler es muy sencillo. Basta con aplicar la siguiente fórmula

Cuota de alquiler actualizada = cuota de alquiler inicial x (indice general del ipc del mes final / indice general ipc mes inicial)

O lo que es lo mismo

Cuota Alquiler Actualizada = Cuota Alquier Inicial x ( 1 + IPC)

En un ejemplo práctico para una persona con un alquiler de 1.000 euros que desee actualizar una renta con el IPC de noviembre 2008 a noviembre 2009 el resultado sería el siguiente:

IPC noviembre 2009: 107,786

IPC diciembre 2008: 107,46

Renta actualizada = 1.000 € x (107,786/107,46) = 1.003,03 euros

El resultado es el mismo que al utilizar la otra fórmula según la cual:

Cuota Actualizada= 1.000 x (1+ 0,003) = 1.003,03 euros

Para quienes deseen hacer el cálculo de forma automática, pueden pulsar aquí y acceder a la herramienta del INE para realizar estas operaciones. Basta con introducir el periodo a actualizar y la cantidad. Además, este es el mejor método para evitar disputas.

En general, quienes actualizan el alquiler de un año para otro, suelen tomar como referencia el periodo de diciembre a diciembre en lugar de enero a enero, ya que de otra forma tendrían que esperar un mes para poder llevar a cabo la revisión.

IPC de los salarios

Los salarios suelen revisarse año a año para que los trabajadores no pierdan poder adquisitivo. La subida de los salarios no dependerá tanto del IPC como de lo que determine el convenio laboral de cada sector y comunidad autómona. De hecho, la mayoría de convenios suman alguna décima porcentual al IPC previsto para el ejercicio.

La subida de salario con el IPC suele hacerse ante la falta de convenios, aunque la empresa no está obligada a actualizar la renta del trabajador a principio de año para adecuarla a la inflación prevista.  Sin embargo, el trabajador sí puede exigir que se adecue su salario con carácter retroactivo una vez se conoce el IPC real.

Subida del Salario Mínimo Interprofesional

El Salario Mínimo Interprofesional o SMI no se actualiza en función del IPC, sino que es el Gobierno el encargado de establecerlo por ley mediante Real Decreto. En el caso del SMI 2011 la subida será de 1,3% algo inferior a la de 2010. De esta forma, el salario mínimo interprofesional en 2011 será de 641,4 euros mensuales, o lo que es lo mismo 8,2 euros más al mes para un total de 8979,6 euros al año (14 pagas).

IPC de las pensiones

Al igual que el SMI, el IPC de la pensiones se actualiza por ley. En este caso son los PGE 2011 quienes establecen la subida junto con el Real Decreto 1794/2010, de 30 de diciembre sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2011.

La subida de las pensiones se limitará al 1% y sólo afectará a las pensiones mínimas. El resto de pensiones quedarán congeladas como marca el Plan de Austeridad para reducir el déficit al 3% en 2012.

Actualizar una pensión alimenticia

El funcionamiento es el mismo que en los alquileres, sólo que será la sentencia judicial la que dictamine cuando debe revisarse. Para conocer el porcentaje con el que actualizar la renta basta con acudir al dato de IPC del mes de referencia o, en su defecto, utilizar la herramienta calculadora del Instituto Nacional de Estadística (INE) donde se introducirán los datos de la renta (cuantía) y las fechas que se deseen actualizar.

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