que hacer frente alas deudas

Todo lo que hay que saber sobre los ficheros de morosidad

Los ficheros de morosos son una herramienta de presión contra quien no paga sus deudas. Esto es lo que tienes si estás dentro de uno y quieres salir o si quieres incluir a alguien en él

Los ficheros de morosidad en los últimos años han cobrado una relevancia más que notable básicamente por dos motivos; por un lado el enorme incremento de personas registradas en ellos, y por otro lado la gran cantidad de inscripciones incorrectas, o motivadas por deudas menores que se han llegado y todavía se siguen produciendo. Si estás leyendo esto ahora mismo es posible que ya estés dentro de uno o que tengas sospechas de que lo estás. De hecho, puedes haber sido incluido en un fichero de morosidad sin saberlo aunque creas que todas tus deudas están cubiertas.

¿Qué son los ficheros de morosos?

En esencia los ficheros de morosos o registros de impagados son aquellos listas de datos con personas y empresas que no cumplieron con sus obligaciones de pago. Básicamente contienen datos relativos a impagos (aunque también debieran hacerlo sobre los pagos) proporcionados por la entidad acreedora y cuya finalidad en teoría, es participar en la mejora de la solvencia del sistema financiero. Sin embargo, la realidad es que se han convertido en una medida de presión frente a los morosos, sean éstos voluntarios o involuntarios.

 

Todo lo que necesito saber sobre los ficheros de morosos

Qué ficheros de morosos hay en España

Estos registros de datos personales, contemplados en la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) se encuentran en nuestro país por miles, concretamente en el entorno de los 4.000 registrados, aunque los más notorios serían los siguientes:

  • Asnef gestionado por  Equifax Ibérica que proporciona a las entidades asociadas la información relativa a las deudas en pagos de personas físicas y jurídicas en áreas como productos financieros o telecomunicaciones.
  • Badexcug Gestionado por Experian Bureau de Crédito que proporciona información a las entidades asociadas sobre los impagos de personas físicas o jurídicas fundamentalmente en áreas como los productos financieros, los seguros o las telecomunicaciones.
  • RAI o Registro de Aceptaciones Impagadas dedicado a los impagos de personas jurídicas se especializa en la gestión de datos de deudas de empresa, no permitiendo la posibilidad de aportaciones.
  • Cirbe Central de Información de Riesgos del Banco de España, de carácter público, no se trata de un fichero de morosidad al uso sino de información crediticia.

¿Por qué pueden meterte en un fichero de morosidad?

La entrada en un fichero de morosidad se produce a partir de la comunicación del acreedor con el fichero. Dicho de otra forma, la empresa a la que no has pagado tu factura debe solicitar que la te incluyan en los listados y además pagar por ello. Aquí puedes ver cuánto le cuestan estas acciones a las compañías.
Para que esta comunicación se pueda producir existen una serie de condicionantes. Dicho de otra forma, una empresa no puede dar de alta en un fichero a cualquier persona:

En primer lugar que exista una deuda comprobable y en vigor impagada por la persona a la que se va a incluir en el fichero.

  • En segundo lugar que no hayan transcurrido seis años desde el momento del impago de la deuda o vencimiento de la obligación, o del plazo de vencimiento en caso de deudas periódicas.
  • En tercer lugar que haya existido de manera previa a la inclusión en el fichero por parte del acreedor un requerimiento de pago que no haya tenido respuesta por parte del requerido.
  • En cuarto lugar, la no existencia de prueba documental alguna que venga a anular cualquiera de los puntos anteriores.

En este punto, debemos tener en cuenta como usuarios que un volumen muy importante de personas inscritas en estos registros, lo son por pequeñas facturas originadas, por ejemplo, en las telefonías. El problema es que la cantidad de la deuda no importa a efectos de los perjuicios de estar en un listado de morosos. En líneas generales no se medirá el volumen del impago, sino la presencia del registro.

Listados de morosidad

¿Cómo saber si estás un fichero de morosos?

En teoría si estás en un registro de morosos deberías saberlo. Y es que la inscripción en un fichero de morosidad debe necesariamente ser comunicada a la persona inscrita a través de una notificación por el propio titular del fichero. Esta notificación que debe realizarse en un plazo no superior a 30 días desde la inscripción, y, a través de canales como el correo certificado o burofax. Es decir, que el gestor del listado debe asegurarse que sabes que te ha etiquetado como moroso.

Esta notificación no es global, es decir, se deberá comunicar por cada deuda inscrita en el registro, y debe ser tratada de manera independiente a las que se tenga con el mismo u otros acreedores. Esto permite identificar cada deuda en caso de que sea necesario reclamar o si después de pagar siguen sin sacarte del listado.

También es obligatorio la aportación de información en la inscripción relativa a sus derechos de rectificación, oposición y cancelación. No te preocupes, porque más tarde te explicaremos cómo funcionan estos derechos y qué hacer en cada caso.

Sin embargo estamos ante una obligación legal que se incumple por parte de los registros con una gran frecuencia, lo que puede motivar por parte del inscrito la posibilidad de emprender acciones legales por vulnerarse sus derechos fundamentales. A fin de cuenta, una cosa es que debas dinero y tra bien diferente que pierdas todos tus derechos por ello.

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La manera más rápida y simple de saber si estás inscrito en un registro de morosidad es a través de las propias entidades financieras, de tu banco. El acceso por parte de las entidades financieras a estos registros es simple y rápido. De hecho, son las primeras en hacer uso de ellos para conceder créditos y préstamos personales. No obstante, debemos tener en cuenta que no tienen obligación de proporcionarnos esta información, por lo que, lo conveniente en este caso sería acceder a aquellas entidades con las que mantengamos mayor nivel de vinculación a fin de solicitar esta información e incluso en estos casos no es seguro que quieran proporcionárnosla.

La alternativa es acudir a cada uno de los registros de impagos que hemos mencionado en la lista anterior. Bastará con presentar la solicitud, que es totalmente gratuita, y el fichero deberá contestar en un plazo inferior a 10 días indicándote todos los apuntes de morosidad: cuantía, acreedor y fecha de inscripción. Esto forma parte de los denominados como derechos ARCO de acceso, cancelación, rectificación y oposición.

Cómo salir de Asnef

 

¿Cómo se utiliza la información de los ficheros de morosos?

Los ficheros de morosidad se utilizan para las consultas por parte de terceros que buscan conocer el nivel de solvencia de un usuario, o, sus posibles impagos y deudas. Existe una serie de condicionantes para estas consultas. De nuevo, no se puede acceder a información tan sensible porque sí ni por parte de cualquier empresa.
Estos son los requisitos:

Que quien solicita la información posea una relación contractual no concluida con la persona sobre la que solicita la información.

  • Que quien solicita la información se encuentra en fase de estudio de la firma de un contrato que suponga un pago aplazado por parte de la persona sobre la que solicita la información.
  • Que quien solicita la información esté en fase de estudio de la firma de un contrato que suponga un modelo de facturación periódica.

Además, las empresas que quieran acceder a estos datos deberán pagar a los ficheros para acceder a los mismos, algo muy habitual cuando se trata de negocios empresariales. Si crees que para una empresa es importante saber si un particular tiene impagos, imagina cuando se trata de otra empresa a la que va a vender. La morosidad es uno de los grandes males para las pequeñas empresas, que son especialmente sensibles ante los impagos.

¿Cuánto tiempo dura la inscripción en un fichero de morosos?

La mejor forma de salir de un registro de morosos es pagar la deuda. En cuando hayas dejado de ser un moroso los gestores deberán eliminar tu nombre de forma inmediata de los registros. El problema, como veremos más adelante, que es esto no está ocurriendo necesariamente de esta manera, a veces por culpa de la empresa acreedores y a veces por el propio listado.
En cualquier caso, existe un periodo máximo de permanencia en estos ficheros. En concreto, los datos relativos a la deuda deberán ser cancelados de los registros tras el paso de seis años contados a partir del vencimiento de la obligación del pago (o del plazo si fuera una deuda de vencimientos periódicos) Recordamos que lo que vence es la presencia en el fichero de morosidad, no la deuda.

Y es que las deudas tardan más en prescribir dependiendo del tipo del que se trate. Esta es la relación

  • 20 años para las deudas hipotecarias.
  • 15 años para las deudas de tarjetas de crédito, operaciones mercantiles (con proveedores).
  • 5 años para el pago de pensiones alimenticias y alquileres.
  • 4 años para deudas con Hacienda y la Seguridad Social
  • 3 años para el pago a profesionales como jueces, abogados, registradores, notarios, peritos, maestros, criados y jornaleros, alojamiento, medicinas a los farmacéuticos y deudas de los consumidores a comerciantes.

En el caso de los ficheros, nunca podrás estar más de seis años inscrito.

consultar un fichero de morosos

Cómo salir de un fichero de morosidad

Ya lo hemos dicho, pero la mejor forma de abandonar un fichero es cancelar la deuda, es decir, pagar lo que se debe. La acreditación de la inexistencia de la deuda (algo más complejo para lo que el usuario deberá aportar la documentación necesaria si no es el acreedor quien inicia los trámites) siempre supondrá la salida del fichero y la eliminación de los datos. La ley no permite a estos ficheros conservar listas de antiguos morosos. Pagada la deuda, el deudor empieza de cero a efectos de estos ficheros.

La comunicación del pago de la deuda compete al acreedor el acreedor, queestá obligado a comunicar al fichero de morosos la cancelación de la deuda en un plazo máximo de una semana, sin embargo resulta frecuente que esto no se produzca por lo que el propio afectado puede acreditar ante el fichero la inexistencia de la deuda aportando aquella documentación probatoria de dicho estado.

Para acreditar que has pagado tu deuda y que esta no existe deberás presentar algún recibo, resguardo bancario o similar que demuestre el abono de las cantidades pendientes de pago junto con una copia de tu DNI. Si tienes que ser tú quien haga este trámite porque la empresa acreedora no lo ha hecho, es importante que conserves los documentos por si finalmente tienes que acudir a juicio.
Cumpliendo con las condiciones ya descritas la eliminación de los datos del fichero debe producirse en los 10 días siguientes a la recepción de la comunicación, si pasado este periodo de tiempo no se ha obtenido respuesta se debe proceder a la presentación de reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos con el envío de copias de los trámites ya realizados y la solicitud de baja emitida.

La solicitud de baja en los ficheros de morosos se puede realizar a través del modelo para el ejercicio del derecho de cancelación. BUSCAR MODELO

todo-lo-que-necesito-saber-sobre-los-ficheros-de-morosos

¿Y si se niegan a borrar mis datos

¿Qué ocurre si el fichero no borra los datos o directamente se niega a hacerlo hasta que el acreedor de su consentimiento? Si crees que el fichero ha vulnerado tus derechos arco puedes denunciar la situación a a la Asociación Española de Protección de Datos, que se encargará de mediar y determinar quien tiene y deja de tener razón. Su resolución es vinculante y si te da la razón la empresa deberá borrar los datos.

Además, tanto el fichero como la empresa se enfrentarían a multas que van desde los 900 hasta los 60.000 euros, aunque si quieres ser tú quien cobres deberás presentar una demanda pidiendo una indemnización, como más tarde te explicamos. Esta multa es sólo la sanción que el Estado establece a las empresas y que irá a parar a sus arcas. Si quieres, puedes reclamar por tu parte, como te explicamos mas a

¿Qué hacer ante un registro indebido en los ficheros de morosidad?

Son muchos los casos de registros indebidos en estos ficheros generados fundamentalmente por facturas relacionadas con, por ejemplo, cambios de operadores, permanencias no cumplidas, etcétera en los que existen posturas encontradas entre el usuario y el proveedor, que, aún no resueltas, pueden generar la inclusión en dichos ficheros.
Estos son los más habituales que debes conocer sí o sí:

  • Si la deuda está disputada, es decir, que hay dudas sobre su veracidad, el fichero debe eliminar tu nombre. Esto ocurriría, por ejemplo, cuando optas por demandar a la emrpesa por considerar que la factura o la cantidad que te reclaman no se ajusta a la realidad (muy habitual en el caso de las telecomunicaciones y servicios del hogar).
  • Cuando la deuda está saldada Ya lo hemos comentado. Una vez se ha pagado la deuda, el fichero debe eliminar tus datos. Hasta la entrada en vigor de la LOPD de 1999 las empresas mantenían la información aún tras pagar la deuda bajo el epígrafe de “saldo cero”, es decir, una suerte de fue moroso pero ya no lo es. Hoy en día se trata de una práctica prohibida y por fortuna la mayoría de ficheros de morosos no la practica por las multas que ya hemos comentado.
  • Se mantienen los datos aún pasados seis años. También lo hemos indicado, pero nunca está de más recordarlo. Los ficheros tienen la obligación de borrar los datos al cabo de seis años, esté o no pagada la deuda. El problema en este punto llega con la compraventa de carteras de morosos. La nueva empresa considera que se trata de una deuda nueva y por lo tanto no suele proceder a pedir que se borren los datos aún pasados seis años y el fichero de morosos tampoco suele hacerlo de forma automática -recuerda que la empresa no deja de ser su cliente-. Si se da el caso, puedes solicitar que se elimine tu información de mora y además exigir una indemnización.
  • La deuda no es cierta, exigible o no está reclamada. Para que una deuda sea legal a efectos de las listas de morosidad, debe ser cierta, estar vencido el periodo de pago, ser exigible y haber sido reclamada. Es algo similar a lo que ocurre con las deudas en disputa. En este caso debe tratarse de una deuda cierta, es decir, ser real. No sirve, por ejemplo, que te pidan el pago de un servicio en el que diste de baja o de un servicio que efectivamente no contrates y sobre el que no existe ticket de compra. Del mismo modo, debe de ser exigible, es decir, que se pueda exigir en base a la ley. Además, habrá de hacer vencido el periodo para su pago y haberse reclamado previamente la deuda.

En el caso de que los datos del usuario hayan sido aportados a estos ficheros sin cumplir los requisitos indicados anteriormente, el usuario está en pleno derecho de reclamar por un lado a la empresa supuestamente acreedora  y por otro lado al propio fichero, en el primero de los casos por el motivo particular que genere la disputa y en el segundo de los casos porque el fichero no ha cumplido la obligación de contrastar  que los datos aportados por el acreedor cumplieran con los requisitos de inserción en el fichero.

La reclamación, como indicamos anteriormente puede tramitarse ante la AEPD para obtener la salida inmediata del fichero o ficheros en los que se figure, pero, también, se puede iniciar una reclamación judicial en la que se solicite aquella indemnización que se considere por los daños y perjuicios que la presencia indebida del fichero haya podido causar al usuario.

Los motivos de reclamación más frecuentes son los de introducción indebida en el fichero por parte del acreedor, no cumplimiento de salida de los datos tras normalizar la situación que llevó al usuario a figurar en el fichero, en el caso de las empresas acreedoras, y por parte de los ficheros, las reclamaciones sobre las notificaciones tanto de entrada en los registros de los mismos, o, de borrado de datos tras la comunicación de la liquidación de las deudas.

Por tanto, indicamos la presencia indebida de una u otra manera en estos ficheros puede perfectamente ser reclamada junto a una indemnización por daños y perjuicios, debiendo en este caso demostrar y cuantificar estos. Al acudir a los tribunales debes saber que no es necesario probar que hayas sufrido un prejuicio económico concreto para pedir una indemnización, el mero hecho de que te hayan puesto en uno de esos listados sin razón legal es suficiente para pedir un dinero por tratarse de una violación al derecho al honor y el buen nombre.
Si además media pérdida económica cierta, la indemnización será mayor.

Consecuencias de estar en un fichero de morosos

No hay ninguna consecuencia legal por estar en RAI o ASNEF, pero sí consecuencias prácticas. Quienes aparecen en estos listados tienen más difícil el aceso a crédito, ya que lo primero que hará el banco o cualquier entidad financiera es consultar si tienes o no deudas pendientes. En caso de haberlas, puedes despedirte de la financiación por la vía tradicional. Quedarán otras alternativas, pero de nuevo serán más caras.que hacer frente alas deudas

Lo mismo puede aplicarse si quieres hacer negocios con una empresa. Consultarán tu historial y verán que no eres un buen pagador.

Pero es que hasta tu seguro puede ser más caro, ya que la aseguradora te etiquetará como moroso y el resto de compañías elevarán la prima para protegerse ante un posible impago.
Por fortuna, la mayoría de bancos no atenderán a pequeñas deudas como las generadas por los móviles o suministros como la luz, en las que además las disputas por impago son habituales y muchas veces se saldan a favor del demandante, es decir, del usuario.

Cómo incluir a una persona en un fichero de morosos

Si estás al otro lado y eres tú el acreedor, los ficheros de morosos pueden servir como medida de presión ante, por ejemplo, un inquilino moroso.
Para incluir a una persona o empresa en ASNEF, RAI, Equifax… sólo tienes que cumplir los requisitos en cuanto al tipo de deuda. Son los mismos que te aplicarían a ti:

    • Que existe una deda cierta y exiguible, vigente e impagada
    • Que se haya solicitado un requerimiento previo de pago

En ese caso sólo tienes que contactar con uno de los ficheros, dar pruebas del impago y abonar sus servicios. Y es que estas compañías te cobrarán por poner a personas en sus listas. En el caso de Asnef , el coste es de cerca de seis euros por inscripción, aunque para hacerlo deberás estar dado de alta en la empresa, lo que también tiene un coste mensual.

 

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3 comentarios en “Todo lo que hay que saber sobre los ficheros de morosidad”

  1. Los comentarios que dejaría aquí sobre las «Compañía» de comunicaciones como Robafone y ¡OhNO! sería de una índole absolutamente inadecuada aquí.

  2. Pues si yo te contara de Timofónica y Vomistar….vamos, que sin comerlo ni beberlo me metieron en un fichero de morosos, y yo sin saberlo. Y no lo sabía porque alguien había cogido mis datos, llamó por telefono se hizo pasar por mí e hizo el contrato de forma telefónica;por supuesto, la coqueta empresa de telefonía no hizo solicitud de documentación alguna para hacer ese contrato, para qué?
    Yo me enteré porque mi banco me negó una operación, y al preguntarles yo porqué me dieron la buena nueva.
    Averigua quien te ha metido en se fichero, luego vete a la policia a hacer la pertinente denuncia, peléate con los de Timofónica para que te quiten de un fichero de morosos por algo que tu no has hecho…tiempo, dinero, disgustos…
    En la policia no se asustaron: me dijeron que había muchas denuncias de gente en mi misma situación…que pais ¡¡

  3. A mi me pasó lo mismo. Denuncie a Vodafone ante la AEPD y le han casacado una multa de 100.000 euracos. Animo a que todos hagan lo mismo, para que dejen de timarnos.
    Además, estoy en un proceso judicial para pedir daños morales, ya que hay sentencias en las que te indemnizan.

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