La constante alza inflacionaria no da tregua. Según los últimos datos de inflación publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al mes de enero, se ha registrado una tasa general del 5,9%, y un máximo del 7,5% en la inflación subyacente.
Por otro lado, el precio de los alimentos se ha incrementado un 15,4% en el último año , lo que afecta directamente a las economías familiares debido a la consiguiente pérdida de poder adquisitivo . De hecho, un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) indica que llenar la cesta de la compra ahora implica un gasto adicional de 860 euros en comparación con el año anterior.
La subida del IPC también afecta al cálculo de la pensión alimenticia. ¿Debería actualizarse en función del IPC actual? ¿Es posible modificarla? En primer lugar, el artículo 142 del Código Civil se refiere a la pensión por alimentos, entendida como «todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica» . Además, los alimentos incluirán «la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable».
¿La pensión alimenticia se establece en el convenio o en la sentencia?
Los productos infantiles son aquellos destinados a niños de cero a tres años de edad. La inflación no da tregua y los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) muestran una tasa general de inflación del 5,9% en enero, con una inflación subyacente máxima del 7,5% . El aumento de los precios de los alimentos en el último año ha sido del 15,4%, lo que impacta directamente en el poder adquisitivo de las familias. Según un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), llenar la[…]Leer noticia completa en la fuente original