Todas la claves de por qué Hacienda persigue a la Infanta Elena

Esta vez no ha sido el Duque de Palma, don Iñaki Urdangarín. Esta vez ha sido la Duquesa de Lugo, su Alteza Real Elena María Isabel Dominica de Silos de Borbón y Grecia. Vamos, la infanta Elena.

Pues bien, su Alteza, cuando hizo aquel “cese temporal de la convivencia matrimonial” con don Jaime de Marichalar y Sáenz de Tejada, hijo del conde de Ripalda y nieto del que fue alcalde de Madrid y ministro de la Guerra con Alfonso XIII durante el desastre de Annual, fue aconsejada por un bufete de abogados de esos que te cobran por entrar por la puerta para que constituyera (o comprara, tanto se da) una sociedad patrimonial para gestionar sus gastos familiares y domésticos denominada Global Cinoscéfalos (para los que lo desconozcan, un cinocéfalo es un ser con cuerpo de hombre y cabeza de perro…).

 

Al darse a conocer por la prensa la existencia y el objeto de dicha sociedad, los abogados recularon, e hicieron como que la señorita Borbón disolvía y liquidaba la empresa. Claro, ellos pensaban que todos los españoles tenemos una sociedad patrimonial para deducirnos el colegio de los niños y las filipinas.

Pero como en estos casos, los nervios ante un descubrimiento tan deshonroso suelen jugar malas pasadas, este estupendísimo bufete hizo todo… menos liquidar la sociedad. Esto desde el punto de vista mercantil no tiene la mayor importancia pero ¡ah de la agencia Tributaria! Amigos abogados (y no abogados), existen una cosa que se llaman OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. Y en tanto en cuanto una sociedad no disuelva y liquide la empresa de acuerdo con las leyes mercantiles, se produzca el correspondiente asiento en el Registro Mercantil y se notifique con una declaración censal, tanto la sociedad como los administradores de facto (recalco de facto, porque es el caso de nuestra bienamada Infanta, al ser propietaria del 100% de las acciones) son responsables de la no presentación de las declaraciones y autoliquidaciones que correspondan. Y la Agencia Tributaria se dirigió tanto al domicilio fiscal de la sociedad como al de la administradora dos veces. Y la tercera notificación, amigos, es mediante edicto y vinculante, y se da 20 días de plazo para personarse ante la AEAT y pagar las deudas o recurrirlas. Y si no hay comparecencia, se pasa a la fase de embargo.

Pues bien, Global Cinoscéfalos tenía tres notificaciones de 120 euros cada una y otras tres de 50 euros en fase de embargo, que hubieran pasado a embargarse como responsable solidaria a la señorita Elena de Borbón. Fíjense ustedes cómo la mismísima primogénita del Jefe del Estado podría haber sido embargada por 510 euros por no haber sido bien asesorada ni bien llevada en materia de impuestos.

Yo si fuera Su Majestad mandaría a los miembros de ese bufete a asesorar legalmente en la isla Perejil. Propter filiam suam. Y del resto de sus clientes presentes y futuros

Imagen: Kadellar

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