¿Se puede aplicar la reducción en el IRPF en el alquiler a estudiantes?

Una de las claves de la fiscalidad del alquiler de viviendas como propietario son las reducciones cuando el arrendamiento es para vivienda habitual. Con carácter general es del 50%, pero puede ser superior en determinadas circunstancias.

La duda en este punto es qué se considera vivienda habitual  si el alquiler a estudiantes podría beneficiarse de la reducción en el IRPF.

¿Qué es vivienda habitual en la renta?

El concepto de vivienda habitual en el IRPF está más enfocado a la compra de vivienda que al alquiler. Para determinar cuándo un inmueble está destinado a vivienda, Hacienda hace referencia al artículo 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Este artículo estima que se trata de arrendamiento para vivienda cuando  recaiga “sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario”.

Esto se completa con lo marcado por el artículo 3 de la LAU, según el cual todo lo que no entre dentro de la definición anterior no se considerará vivienda, en especial “los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea es de verano o de cualquier otra”.

¿Se puede aplicar la reducción en el IRPF alquiler a estudiantes?

El criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) respecto a la reducción sobre el alquiler en el IRPF es que se podrá aplicar “cuando, siendo el arrendatario una persona jurídica, quede acreditado que el inmueble se destina a la vivienda de determinadas personas físicas”.

El criterio general de Hacienda en estos casos es el de considerar que el alquiler a estudiantes durante el periodo académico constituye un arrendamiento de temporada y, por lo tanto, no cabría aplicar la reducción del 60% en la renta.

Esta es la doctrina que sigue la Agencia Tributaria a la hora de valorar el alquiler a[…]Leer noticia completa en la fuente original

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