Declaración de Renta

Se acerca el momento de la dolorosa. Por supuesto que estamos hablando del momento de la confección de la Declaración de Renta. Aunque el 2008 no ha sido un buen año, la presentación es obligatoria, y desde Financial Red contamos con un blog especializado para ello: ImpuestosRenta.com

Desde aquí le acercaremos lo que usted tiene que saber sí o sí acerca de la Declaración de Renta 2008:

Lo importante para el contribuyente -no para la agencia tributaria- es reducir su factura fiscal, siempre debajo del amparo de la ley. En este sentido, el Fisco le acerca al contribuyente distintas formas para reducir la declaración de renta

En un principio, debe conocer el calendario con las Fechas de la Declaración de Renta, para de esta manera agendarse y organizarse con este tema.

Para ayudarlo, impuestosrenta.com ha publicado un tutorial con las preguntas básicas para la conformación de la Declaración de Renta mediante un Manual de Renta 2008

En la actualidad, estamos en plena época de solicitar el borrador de renta, y se acerca el plazo para confirmar el borrador del IRPF
. Pero si usted no está tan seguro de lo que le corresponde pagar, puede acceder al Simulador de Renta 2008-2009, para tener de esta manera una mejor idea de lo que le corresponde pagar.

Otra opción importante para la conformación de la Declaración de Renta es descargar el programa PADRE 2008, una herramienta informática ofrecida por la Agencia Tributaria de gran ayuda para el pequeño contribuyente.

En fin, esperemos que le sea de ayuda. Sin embargo, no los queremos dejar sin antes decirle que todo lo que necesite para la conformación de su declaración de renta lo puede encontrar en impuestosrenta.com, desde las formas hasta las dudas acerca de las deducciones admitidas.

2 comentarios en “Declaración de Renta”

  1. jaume lloansi

    en que casillas he de introducir la operaciones de compra/venta de warrants?

  2. Según tengo entendido las acciones preferentes forman parte del capital social de las empresas. Siendo esto así los redimientos tienen el mismo tratamiento que las acciones ordinarias. Si no es asi En que casilla se declaran?

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