Conoce la fiscalidad del alquiler de garajes

Las plazas de garaje están sujetas al pago de impuestos en la declaración de la renta tanto si está alquilado como si no lo está. En el caso del alquiler la duda más común es si se debe o no incluir el IVA en la factura. Dependerá de si el garaje se alquila conjuntamente con la vivienda o se hace por separado.

Después del alquiler de vivienda, el de plazas de garaje es el más extendido entre particulares. Cuando se alquila una plaza de garaje se está recibiendo un ingreso por el que es necesario tributar en la declaración de la renta tal y como haríamos con dinero recibido por alquilar un piso, aunque con bastantes diferentes, por lo menos en lo que a las obligaciones de IVA se refiere.

El rendimiento por el alquiler debe imputarse como renta inmobiliaria y por lo tanto sumarse a la base imponible del contribuyente junto con lo haríamos con la renta del ahorro y la renta del trabajo.

¿Factura con o sin IVA?

Aclarada la obligación de tributar por el alquiler del garaje llega la duda más repetida. ¿Es necesario incluir el IVA en las facturas entre particulares? La respuesta varía en función del tipo de alquiler. Según explica la Agencia Tributaria en una pregunta vinculante (referencia 106559-ARRENDAMIENTO: PLAZAS DE GARAJE), «los particulares no son sujetos pasivos del IVA. No obstante, el arrendamiento es una operación que convierte en empresario al arrendador, siendo desde ese momento una operación sujeta a IVA». Dicho de otra forma, habrá que aplicar el correspondiente tipo de IVA (18% en este caso) al alquiler de la plaza de garaje.

Existe una excepción a la norma general, y es cuando la plaza de garaje se ha alquilado de forma conjunta con la vivienda habitual. Si este fuese el caso, no sería necesario imputar el IVA en la factura, ya que el garaje estaría asimilado en la vivienda.

Esta obligación de pagar IVA es lo que convierte al alquiler de plazas de garaje en uno de los negocios de economía sumergida más extendidos en el país. Y es que ante la tesitura de tener que facturar el IVA y declararlo de forma trimestral, la mayoría de personas opta por no formalizar un contrato por escrito, no emitir factura y por lo tanto no declarar.

Fiscalidad de los garajes sin alquilar

Las plazas de aparcamiento tributan en la declaración de la renta tanto si están alquiladas como si no lo están al considerarse rentas inmobiliarias como imputación de rentas. La única excepción son las plazas de garaje, hasta un máximo de dos, que se compran junto con la vivienda habitual siempre que se encuentren en el mismo edificio, que la adquisición se produjese en el mismo acto (pueden ser documentos distintos) y que no se alquilen.

Si este no es el caso habrá que tributar por ellas bajo el régumen especial de imputación de rentas inmobiliarias (de ahí que en el IRPF se solicite su referencia catastral). Con carácter general, habrá que tributar por el 2% de su valor catastral, excepto si el garaje carece de valor catastral, en cuyo caso se tomará como base el 50% de aquel por el que deba computarse a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio con un porcentaje del 1,1%, el mismo se aplicará a los garajes cuyos valores catastrales hayan sido revisados tras el 1 de enero de 1994.

Contratos de alquiler

Para quienes pese a todo sigan animados a alquilar su plaza de garaje ‘con todas las de la ley’, aquí os dejamos algunos modelos de contrato que hemos recogido vía aparcalia.com

Incluyo a continuación algunos vínculos a modelos de contratos que pueden encontrarse en la red:

4 comentarios en “Conoce la fiscalidad del alquiler de garajes”

  1. Yo tengo un garaje en propiedad y no lo tengo alquilado. Es de uso propio y privado.

    No comprendo por qué tengo que declararlo en la renta porque no me genera ningún beneficio, no recibo nada por el garaje, al contrario, me genera gastos. Pago la comunidad y el IBI. ¿No son ya suficientes impuestos y gastos?

    He leido el articulo donde se comenta que se declara tanto si se alquila como si no, pero si se declara sin tenerlo alguilado ¿Quiere decir que se tendria en cuenta en mi perjuicio economico a la hora de hacer la declaracion de la renta? ¿Tendria que pagar mas IRPF? Si la declaracion de la renta me saliese a «devolver», con el garaje ¿Seria posible que al final tuviera que pagar?

    Gracias.

  2. ¿Es legal alquilar plazas de garaje en un aparcamiento privado (edificio de viviendas)? Y si es así, ¿también es legal alquilarlas a personas que no residen en el inmueble pese a que el aparcamiento es de carácter privado, no público?

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