La Ley Sinde incendia la web: ¿cambia para seguir siendo lo mismo?

Internet fue ayer un hervidero gracias a la aprobación en el Senado de la conocida como Ley Sinde. De nuevo, «ley Sinde» se convirtió en topic trend del día en Twitter y a través del hastag #leysinde los internautas vertieron todo tipo de comentarios acerca del nuevo texto.

El punto álgido llegó con la dimisión de Alex de la Iglesia como presidente de la Academia de Cine por medio de una carta publicada en El País. El cineasta expresaba así su desacuerdo con la nueva Ley Sinde y lo que esta propone. Apoyos no le han faltado de la comunidad de internet, que valoran su coherencia a la hora de ‘bajarse del tren’ tras haber luchado por acercar la polémica respecto a la propiedad intelectual a todos los ciudadanos.

En el lado contrario se encuentra la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ampliamente criticada por ser la impulsora de esta ley, aunque si hay alguien que también ha acaparado las iras de los internautas ese es José María Lasalle, a quien muchos señalan como el gran culpable de rescatar la Ley Sinde, Enrique Dans entre ellos.

Pero para entender mejor el revuelo causado lo primero que debemos hacer es conocer lo que propone la nueva Ley Sinde y los principales cambios respecto a su versión anterior. En la página web del Ministerio de Cultura podemos encontrarun enlace a la propuesta presentada por PP y PSOE que refleja las modificaciones al texto inicial.

En resumen, los cambios que se han introducido atacan en la forma a uno de los elementos más conflictivos: la capacidad de la Comisión de Propiedad Intelectual -fijada por el Gobierno- para decretar el cierre de páginas web. Ahora tiene que ser el juez quien ordene dicho cierre. El proceso funcionaría de forma que el magistrado intervendrá cuando la comisión reciba una denuncia y requiera datos como quién es el responsable del dominio, cuántos usuarios tiene y otras informaciones confidenciales. Según explica el texto legal, los órganos competentes (es decir, la comisión) podrá requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la cesión de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Tal requerimiento exigirá la previa autorización judicial y una vez obtenida la autorización, los prestadores estarán obligados a facilitar los datos necesarios para llevar a cabo la identificación.

El gran problema de esta ley para buena parte de los internautas es que al final el juez queda relegado a mero mensajero de lo que indica la comisión. En algunos sitios hablan incluso de que la ley permite una suerte de chantaje en la medida en que la página bajo sospecha e investigación tiene la posibilidad de poner fin al proceso si retira los contenidos sospechosos en un plazo de 48 horas. Juan Andrés Milleiro lo explica de forma más gráfica -y también más crítica- en su blog.

Además, la ley hace igual de responsable al proveedor de los servicios de internet que a la página que ofrece el enlace. De esta forma, y como explone Julio Alonso,no sería descabellado pensar que ante esta tesitura los prestadores de servicios opten directamente por eliminar los enlaces previa recomendación de sus departamentos jurídicos.

Pero la deliverada ambiguedad de la ley en algunos puntos también está haciendo que los internautas se expriman la cabeza y ya hay algunos que están deseando que entre en vigor. Es el caso de litolis, que asegura que lo primero que hará será denunciar a Google como la empresa que más enlaces tiene a contenidos ilegales, algo que ya se apuntó desde ADSL Zone y que también explica Marcos Maceira en detalle.

En cualquier caso, es posible que la Ley Sinde ni siquiera llegue a ver la luz, si como prevén desde Facua chocará con los tribunales por sus lagunas legales.

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