El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) concede el carácter retroactivo total a las devoluciones por las ‘cláusulas suelo’, que costarán más de 4.000 millones de euros a las entidades financieras, según estima el Banco de España.
El culebrón de las ‘cláusulas suelo’ ha llegado a su fin, con el resultado desigual de terremoto para el sector financiero y victoria sin precedentes para los usuarios, según aseguran desde las organizaciones que defienden sus derechos. De esta manera, las bancos deberán devolver todo el dinero que cobraron de más a los clientes con ‘cláusulas suelo’ en sus hipotecas.
Así lo entiende el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que, además de considerar indebidos aquellos topes, dictamina que limitar en el tiempo el carácter retroactivo de las devoluciones por las ‘cláusulas suelo’ es contrario a la normativa comunitaria. Como consecuencia, las entidades financieras deberán finalmente reintegrar a los afectados la totalidad del importe que se haya cobrado de más desde el inicio de cada crédito.
Retroactividad total
El quid de la cuestión estaba hasta hoy precisamente en ese punto, en saber hasta dónde debía extenderse la retroactividad de los reingresos, puesto que el Tribunal Supremo (TS) de España ya había determinado que esas cláusulas eran abusivas, al entender que los consumidores no habían sido informados de la carga económica y jurídica que se les imponía en los contratos hipotecarios.
No obstante, el TS consideró que las devoluciones de la banca debían limitarse a fechas posteriores al 9 de mayo de 2013, es decir, que los clientes cuyos contratos se hubiesen firmado con anterioridad no tenían derecho a ellas. Con el dictamen del TUE la retroactividad pasa a ser total, argumentando la alta instancia comunitaria que este carácter abusivo «debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula«, por lo que deben restituirse «las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor».
Sólo el TUE puede decidir sobre la retroactividad
El TUE agrega que es el propio tribunal «el único que puede decidir acerca de las limitaciones en el tiempo que han de aplicarse». De este modo, la retroactividad parcial de las devoluciones fallada por el TS privaba a los afectados «del derecho de obtener las cantidades que pagaron indebidamente a los bancos».
Por ello, el TUE concluye que tal limitación suponía una protección «incompleta e insuficiente y que no era un medio adecuado y eficaz» para garantizar el cese del uso de las ‘cláusulas suelo’.
Las ‘cláusulas suelo’, una vía que para que la banca evitase el euríbor
Cabe recordar que las ‘cláusulas suelo’ se añadieron en la mayoría de los contratos de préstamos hipotecarios variables con el objetivo de fijar un tipo de interés mínimo que el hipotecado debía abonar. Ese ‘suelo’, de ahí su denominación popular, quedaba establecido sin tener en cuenta las eventuales bajadas del euríbor.
La factura de las ‘cláusulas suelo’ rebasará los 4.000 millones
El coste final de las devoluciones por las ‘cláusulas suelo’ no se conoce todavía con exactitud, aunque se han barajado varias cifras. Así, según un informe del Banco de España, citado por los representantes legales de la banca durante la vista oral del caso, el impacto para el sector se sitúa en una horquilla entre 5.000 millones y 7.500 millones de euros. A pesar de que el informe nunca se ha hecho público, los abogados de las entidades financieras aseguran haber tenido acceso a él.
Otras dos instituciones echaron cuentas sobre la factura para el sector bancario: Goldman Sachs y Analistas Financieros Internacionales. El banco de inversión cifró las devoluciones en 3.000 millones de euros, mientras que AFI las elevó a 4.500 millones.
Finalmente, hoy, el mismo día en que se ha conocido la sentencia del TUE sobre las ‘cláusulas suelo’, de nuevo el Banco de España se ha pronunciado, al estimar que el coste final para la banca superará los 4.000 millones de euros.
A la cifra resultante habrá que agregar las caídas en las cotizaciones, que, en algunos casos, han llevado a depreciaciones de la acción de hasta un 10% en la jornada de hoy, miércoles 21 de diciembre.
BBVA, el peor parado
Varias entidades han informado ya sobre el impacto que tendrá la sentencia sobre las ‘cláusulas suelo’. En principio, el más afectado será BBVA, con un coste máximo en 1.200 millones; después, Caixabank, en la que creen que tendrá un efecto sobre sus cuentas de 750 millones; Banco Popular, que ya ha provisionado 350 millones sobre un total de 650 millones; y Bankia, con uno 200 millones, de los que tiene provisionados la mitad. Por su parte, ni Banco Santander ni Bankinter aplicaron ‘cláusulas suelo’.
Los bancos podrían demorar las devoluciones
Desde la Asociación Española de la Banca (AEB) se señala que las entidades financieras «están preparadas para hacer frente a la sentencia» y se subraya «el máximo respeto a la resolución de este alto tribunal de justicia europeo», así como la voluntad acatar las decisiones judiciales. No obstante, desde la AEB se matiza que «ahora es fundamental conocer en detalle el contenido de la resolución y cómo se trasladará esta a la jurisprudencia española, puesto que no existen precedentes de casos parecidos. En particular, será preciso conocer los plazos y el procedimiento en los que esta resolución tendrá que llevarse a efecto», añaden.
Asimismo, desde la patronal bancaria quiere hacerse constar que «los bancos afectados están abiertos a una interlocución directa con sus clientes a fin de agilizar la aplicación de esta resolución».
«Toda la banca ha abusado de los consumidores»
Manuel Pardos, presidente de Adicae, se ha mostrado contundente a la hora de valorar la sentencia del TUE sobre las ‘cláusulas suelo’ al afirmar que «toda la banca ha abusado de los consumidores y hoy se aplica el Estado de Derecho». En su opinión, se trata de un dictamen «histórico», calificativo también usado por Rubén Sánchez, portavoz de la organización Facua, que agregó: «Aquella sentencia -en referencia al fallo del TS- decía que la retroactividad generaría trastornos graves de orden económico, obviando los sufridos por millones de consumidores al hincharse las cuotas de sus hipotecas de manera ilegal».