Resolvemos tus dudas sobre la renta

Se acerca la campaña de la renta 2014 y desde Financialred queremos que la afrontes con las máximas garantías. El próximo jueves 26 de marzo José Trecet, el editor de nuestro blog de fiscalidad, Impuestosrenta.com, responde a las dudas de los lectores. 

dudas

Empezamos el consultorio fiscal.

 

Primera Pregunta: VASILE

Llevo desde Agosto del año 2003 en alquiler en un piso sin declarar y sin poder hacer la declaración de la renta. Es de mi jefe y todos meses me quita 540 € del suelo para el piso. ¿Lo puedo denunciar?
gracias

RESPUESTA

Obviamente alquilar un piso sin contrato ni ningún papel es a todas luces ilegal. Del mismo modo, no te pueden quitar directamente ese dinero de la nómina para el pago del alquiler.

Este hecho es totalmente denunciable, no sólo ante Hacienda. Desde el punto de vista fiscal, el dueño no estaría declarando unos ingresos en el IRPF que tendría que consignar y se expone a importantes multas que puedes consultar aquí.

Otra cuestión diferente es que puedas recuperar el dinero que dejaste de desgravar en el IRPF, ya que para poder aplicar la deducción por vivienda, el contrato debe de estar depositado en el instituto de la vivivenda o en un organismo similar.

Segunda Pregunta: Ana Fernández Guerrero

Tengo una segunda vivienda en un pueblo con una hipoteca de 60000€. Ya me está costando trabajo pagarla, ya que tengo otra hipoteca de mi vivienda habitual en la ciudad, ya que estoy en paro y solo entra en casa el sueldo de mi marido. ¿La puedo poner a la venta haciendo un traspaso de hipoteca? Y si puedo, ¿tengo que pagar algo a hacienda? No es vivienda habitual aunque no le haya ganado dinero con la venta. ¿Qué gastos aparte de hacienda si los hubiera tendría que abonar y dónde?. Nunca he vendido una vivienda y desconozco el tema. Gracias.

RESPUESTA

Puedes vender tu vivienda en cualquier momento. Al hacerlo puedes plantear a los compradores una subrrogación hipotecaria, de forma que se quedarían con tu hipoteca -recuerda que el banco debe aceptar- o, en su defecto, coger el dinero ganado y tratar de liquidar el préstamo, que es lo más habitual.

En cualquier caso y desde el punto de vista fiscal, si no hay ganancia no hay impuesto que pagar. Al vender la vivienda se produce una ganancia o una pérdida patrimonial, si has obtenido un beneficio, tributarás por él en el IRPF –aquí te explicamos cómo-, mientras que si obtienes una pérdida no sólo no pagas impuestos, sino que además puedes compensar ese dinero con otras ganancias patrimoniales obtenidas de fondos de inversión o acciones, por ejemplo.

Lo que deberás pagar al vender la casa y liquidar la hipoteca son las comisiones que te cargue el banco por cancelación anticipada.

Tercera pregunta: Jorge

En mayo del 2013 adquirí una vivienda por donación de mi padre. Entiendo que no puedo deducir en la parte de renta, pero como soy menor de 35 años ¿Puedo deducir en la parte autonómica el 5% del importe más gastos?
Muchas gracias

RESPUESTA

Si la vivienda la adquiriste mediante Donación habrás liquidado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Además, al no tratarse de una compra con financiación ajena no daría derecho a deducción.

Cuarta pregunta: Valeria

Mi consulta es la siguiente. Por motivos económicos, mi marido, mi hija y yo vivimos en casa de mi madre y estamos empadronados allí. Tenemos una vivienda vpo de la que seguimos pagando la hipoteca. ¿Podríamos declarar la deducción por pago de hipoteca este año? Si no es así, ¿cuando volvamos allí y nos empadronemos de nuevo, podremos volver a declarar los pagos de la hipoteca de la vivienda vpo?

Gracias

RESPUESTA

No podréis desgravar la hipoteca en tanto y en cuanto no residáis en la vivienda. Y es que la deducción sólo está disponible para vivienda habitual, algo que no sería el caso.

Si regresáis y habéis cumplido en su momento los requisitos de vivienda habitual -haber habitado la casa en el plazo de un año desde la compra y durante un mínimo de tres ejercicios- sí que podríais reactivar la deducción o por lo menos así lo entiendo.

 

Quinta pregunta:Trini

Hola. Mi pareja y yo tenemos un piso alquilado desde 2014 y los dos constamos en el contrato q es privado,no lo tenemos pasado por el organismo pertinente. Vamos a hacer la declaración de la renta y yo no lo voy a desgravar pero el si. ¿Me ocasionaría a mi algún problema? Y otra duda, ¿él odria desgravarse solo el 10,05% al no tener la fianza depositada o ese tanto por ciento tampoco?

RESPUESTA

El hecho de que tu pareja desgrave no te obliga a desgravar a ti ni te afecta de ninguna forma. Lo que sí debes tener en cuenta es que si la fianza no está depositada en el organismo correspondiente no podrás desgravar por el alquiler, aquí lo explicamos.

Sexta pregunta: Susana

Estoy divorciada y tengo la custodia de mis hijos. vivimos en un piso del que soy 50% propietaria. el otro 50% pertenece a mi ex marido. Éste tiene un crédito hipotecario de esa vivienda y yo soy avalista. no paga y lo cubro yo.
dos preguntas:
1- Él tiene nómina fija. podría pagar. simplemente no le da la gana. ¿esto es posible? ¿no hay forma legal de obligarle a pagar?
2- yo pago como avalista y el desgrava. ¿yo no puedo desgravar?

RESPUESTAS
Vamos respondiendo por partes a cada una de las preguntas.
1-Si tu marido no paga lo que puedes hacer es denunciar este hecho a las autoridades y entrar en litigio, porque al banco mientras alguien pague poco le importará.
2- En términos de IRPF la cuestión es algo intrínseca. Y es que para poder desgravar la vivienda debe coincidir el hecho de ser propietario y figurar en el préstamo. En este sentido, si sólo figuras como propietaria no podrías desgravar. Sin embargo, Hacienda puede aceptar la desgravación si eres capaz de demostrar que aunque no figures en el contrato, eres la que hace frente a la hipoteca.

Séptima pregunta: Marta

¿El IVA que pago por el alquiler de un local se me puede devolver?

RESPUESTA
El IVA que hayas pagado por el alquiler del local se podrá considerar IVA deducible o soportado en tanto y en cuando éste sea imprescindible para el desarrollo de la actividad económica. Y es que para empezar, el local debe estar sujeto a una actividad económica para poder hablar de IVA soportado.

Octava pregunta: Mónica

Buenas mi pregunta es la siguiente! Mi pareja tiene un piso de antes de conocernos, ahora nos queremos casar, repercutirá a la hora de hacer la declaración de la renta? Le desgravarán por igual? Gracias

RESPUESTA
El caso de parejas que se casan con un piso comprado antes del matrimonio es algo habitual. En este caso dependerá muy mucho del régimen matrimonial que se elija –aquí puedes ver las diferencias-.
Según la la pregunta vinculante 128082 a la AEAT, se podría desgravar por la vivienda habitual comprada antes del matrimonio aunque una de las partes no aparezca en el contrato siempre que se acredite que, efectivamente, la hipoteca se paga entre las dos partes.

Novena pregunta: Noelia
Una duda, existe la posibilidad de alquilar mi propia vivienda los dos meses de vacaciones en los cuales no resido en la misma; teniendo el handicap de que es mi vivienda habitual y desgravo por ella como tal en Hacienda. ¿El alquilarla durante un máximo de dos meses al año puede suponer la imposibilidad de seguir considerándola como primera vivienda habitual a efectos legales?

RESPUESTA
Existen importantes restricciones al alquiler vacacional, especialmente después de los últimos cambios fiscales – aquí hablamos sobre ellos-. En tu caso concreto, el tratarse de tu vivienda habitual y por la que desgravas, no debería a priori suponer un problema si resides en ella durante el resto del año. Lo que no podrás es imputar el total de la hipoteca al hacer la renta, sólo la parte proporcional al tiempo que has residido en la casa.

Décima pregunta: Pedro

Me pongo en contacto con ustedes para pedirles consejo.

En el años 2010 me compre un piso en la misma ciudad donde resido, pero hace unos meses me llego unas notificaciones de Hacienda, reclamando el importe de las rentas 2011 -2012- 2013 por desgravación de vivienda habitual.

No tengo ninguna otra posesión a mi nombre, ni siquiera un coche. Ahora leyendo los comentarios veo que mi gran error fue seguir empadronado en casa de mis padres, que viven a unos 500 mtr de mi vivienda

Hacienda me reclamas 2000€ -600€ -400€ respectivamente porque mi consumo eléctrico no corresponde según ello ha una vivienda habitada.

Les he mandado contrato gas, facturas agua ,… pero vuelven insistir aplicando un recargo.

Espero que me puedan ayudar, ya que cobrando unos 1000€, pagando hipoteca y otros gastos, no se como enfrentarme a estos pagos.
¿ Pondríais un recurso ?
Saludos

RESPUESTA
El problema que planteas es más habitual de lo que podrías pensar y deriva del doble rasero de Hacienda a la hora de medir la vivienda habitual. En casos como el tuyo se aferra al padrón, mientras que en otros utilizará los consumos eléctricos para demostrar si alguien reside o no en la vivienda.
El problema es que más allá del recurso no te quedan muchas opciones… Si lo haces piensa que debes ser capaz de demostrar que, pese a no estar empadronado, sí residías en la vivienda y que esta era tu residencia a efectos fiscales. Recuerda que legalmente padrón y domicilio fiscal no tienen por qué coincidir, aunque por sus definiciones es lógico que lo hagan.

Undécima pregunta: Daniel
Durante 2014 cobre hasta abril por mi última empresa entre 400 y 450 al mes dependiendo de las horas. Desde Mayo de 2014 hasta día de hoy he cobrado el paro. 380 los primeros 6 meses y 320 los 5 siguientes
¿Tendría que declarar? un saludo. muchas gracias.

RESPUESTA
En primer lugar conviene dejar claro que los ingresos no son el único elemento que se usa para determinar quien está y quien no está obligado a declarar –aquí puedes ver el resto-. Dicho esto, en tu caso has ingresado en 2014 un total de 3.980 euros en 2014 de dos pagadores. Según la ley actual estarán exentos de hacer el IRPF quienes hayan ganado menos de 22.000 euros de un sólo pagador y de 11.200 euros con dos pagadores siempre que no se superen los 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores.
Atendiendo a estas cifras, no estarías obligado a declarar.

Aquí te dejamos algunos enlaces interesantes sobre la renta 2014:

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