En 2023 hará un nuevo tributo de carácter medioambiental: el impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables y que gravará el uso de determinados tipos de envases que no sean reutilizables y contengan plástico, tano si están vacíos como si no.
En qué consiste el nuevo impuesto al plástico
El nuevo impuesto al plástico forma parte de la la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (“LRSC”), que traspone parte de las propuestas europeas en materia medioambiental.
Como su propio nombre indica, que se trate de un impuesto sobre los encases de plástico no reutilizables que afectará al plástico no reciclado que se fabrique o se importe en España.
Dentro de la consideración de envases entrarán tanto los que estén vacíos para rellenarse aquí como los que contengan algún producto, aunque ahora veremos en detalle sobre qué productos específicos se aplica la nueva ley.
Sobre qué productos se aplica
El impuesto afecta a la fabricación, importación y adquisición intracomunitaria de plásticos. Tal y como especifica la ley afectará tanto a los productos vacíos como a los que estuvieran conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías.
El artículo 60 de la LRSC aterriza un poco más los productos que se incluyen en el impuesto y que serían:
- Los envases no reutilizables que contengan plástico.
- Los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de los envases a los que hace referencia el punto anterior y que incluye las preformas o las láminas de termoplástico.
- Los productos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.
Cualquier producto de este listado se incluirá en el impuesto por la cantidad de plástico que contenga cuando se componga de varios materiales.
El artículo 2u de[…]Leer noticia completa en la fuente original