Cuando tienes un contrato temporal (o varios) es normal preguntarse “¿y ahora qué pasa con el paro?”. El problema no es solo que el contrato sea breve, sino que los días que hayas trabajado y cotizado lo sean también. Porque en el fondo, para tener derecho al paro y no perderlo, lo fundamental es haber cotizado lo suficiente y cumplir los requisitos que marca la ley.
Si terminas un contrato temporal y no tienes claro si tendrás derecho a la prestación contributiva, aquí va lo importante: con contratos breves o discontinuos podrías no cumplir los mínimos exigidos. Y eso significa que no tendrás derecho a la prestación o que sólo puedas acceder a un subsidio. Vamos a verlo con detalle.
Entender qué cotización se exige
Para acceder a la prestación contributiva por desempleo tienes que haber cotizado por desempleo al menos 360 días en los últimos seis años antes de quedarte desempleado. Si no lo cumples, no te reconocerán esa prestación.
El tipo de contrato importa menos que los días que realmente hayas cotizado. Aunque sea temporal, lo que se mira es si has estado dado de alta todo ese tiempo y cotizando por desempleo. Si sumas varios contratos temporales que en conjunto no alcanzan esos 360 días, te quedas fuera de la prestación “normal”.
Además, si has tenido contratos muy cortos, la reforma laboral ha incrementado ciertas penalizaciones en la cotización para contratos de duración determinada. Es decir, tu cotización puede estar afectada también por el tipo de contrato.
Por otro lado, aunque no alcances los 360 días, puede que tengas derecho a un subsidio por cotización insuficiente. Pero ojo, eso no es lo mismo que[…]Leer noticia completa en la fuente original
















