Tal y como explican desde GestionPyme, el Congreso aprueba cambiar la Ley para que autónomos y pymes no paguen el IVA de las facturas hasta que no se hayan cobrado. Se trata de una reivindicación casi histórica por parte de este colectivo de trabajadores y que exime a las pequeñas empresas de tener que tributar el IVA repercutido en facturas que después no pueden hacer efectivas, logrando cambiar el criterio de devengo por el de caja cuando se tenga que calcular el impuesto.
La medida en sí es positiva, sobre todo en un momento donde el riesgo de impago es bastante más elevado que hace tan sólo unos años. Además, hay que tener en cuenta el cada vez mayor retraso en los pagos por parte no sólo de empresarios, sino de las propias administraciones públicas. Sin embargo, como apunta Remo, el problema va más allá del IVA y abarga todo el sistema de reclamación de impagados. Estos procesos pueden alargarse años, tiempo suficiente para que la empresa quiebre o el autónomo tenga que cesar su actividad, en el peor de los casos.
En cualquier caso, hay que recordar que hasta ahora ya se podía recuperar el IVA de facturas impagadas haciendo una rectificación de la liquidación del IVA -si bien deben cumplirse unos requisitos-, pero quizás sería más útil agilizar los trámites para embargar las cantidades pendientes de pago al moroso, por ejemplo.
Imagen – kozumel