Hacer la declaración de la renta no suele ser plato de buen gusto para ningún contribuyente. Independientemente del resultado del IRPF, lo cierto es que la mayoría intenta agilizar al máximo los trámites con Hacienda para poder olvidarse de ellos cuanto antes. Los problemas llegan cuando no hay noticias de la AEAT, especialmente en el caso de las devoluciones. Para estos casos, nada mejor que consultar el estado de la declaración de la renta.
Normalmente los contribuyentes tienden a presentar la declaración de la renta y olvidarse de ella, especialmente cuando lo que toca es pagar. Sin embargo, cuando el resultado es a devolver la cosa cambia y quien más, quien menos quiere el dinero en su cuenta cuanto antes. ¿Qué hacer en esos casos? Antes de ponerte nervioso, el primera paso debe ser consultar el estado de la declaración de la renta.
Existen diferentes medios para saber en qué estado está tu IRPF y el más sencillo es hacerlo a través de la propia página de la Agencia Tributaria o de su Sede Electrónica, en su defecto.
La primera alternativa es más fácil, sobre todo ahora durante la Campaña de la renta 2014. Para ello bastará con acudir a la página web de la AEAT y acceder al apartado «Renta 2014» o «Impuestos» y después «IRPF».
Una vez dentro, bastará con acudir a la sección de «Borrador» para consultar su estado o el de «Devolución de IRPF». Para poder acceder necesitarás contar con alguno de los siguientes elementos:
- Certificado electrónico o DNI electrónico
- Clave PIN, el antiguo Pin24H
- El número de referencia y la casilla 620 o 145 de la renta 2013
Una vez dentro, verás claramente en qué estado se encuentra tu declaración de la renta y si hay algún problema con la misma. Lo más habitual es que Hacienda simplemente te indica que ya ha recibido la declaración y está revisándola. De todas formas no te preocupes, porque si la AEAT necesitase información adicional te lo indicaría.
A través de la Sede Electrónica
Fuera de la campaña de la renta, la Sede Electrónica de la AEAT es la forma más asequible de acceder a cualquier trámite fiscal. Para empezar, habrá que dirigirse a la zona de «Mis Expedientes», como se muestra en la siguiente captura de pantalla.
Una vez accedamos a esa pestaña tendremos que seleccionar el apartado «Impuestos» y dentro del mismo el impuesto que deseamos consultar, que en este caso será el IRPF. Después habrá que indicar el trámite que queremos llevar a cabo. De esta forma ya podremos consultar el estado de la declaración de la renta.
Otra ruta será, dentro de «Trámites destacados», acudir al aparado de «renta 214» y seleccionar «Consulta de declaraciones presentadas». Allí podrás realizar tu consulta a través del NIF o por rango de fechas. En cualquier caso, volverás a necesitar contar con un certificado electrónico, el Sistema Clave o el número de referencia de tu borrador.
La consulta del estado de IRPF nos permitirá saber en qué fase de tramitación se encuentra la declaración de la renta y, sobre todo, si hay algún tipo de problema o requerimiento adicional por parte de Hacienda. Y es que este aparecerá ahí antes incluso de que recibamos la notificación por escrito en nuestra vivienda.
Cuánto tarda Hacienda en pagar
Lo que no debemos perder de vista en el caso de la devolución de la renta es que Hacienda no tiene por qué ingresar el dinero inmediatamente después de haber entregado nuestro IRPF. De hecho, la AEAT deberá primero revisar la declaración y en cualquier caso el plazo legal para hacer efectiva la devolución se extiende hasta el 31 de diciembre. Es decir, Hacienda podrá demorar seis meses el pago del IRPF desde el final de la campaña de la renta 2014.
Una vez superada esa fecha, la AEAT debería incluir de oficio, sin que el contribuyente deba recordárselo, el llamado interés de demora, que sirve como compensación adicional al ciudadano, al tiempo que cubre la posible pérdida de valor del dinero adeudado por el efecto de la inflación y que para 2015 es del 4,5%.
De todas formas no desesperes, lo normal es que la devolución llegue en un plazo de entre tres y cuatro semanas desde que presentarte la declaración.