¿Qué sucede cuando no cumplimos con nuestras obligaciones fiscales? Lo cierto es que pagar impuestos fuera de término tiene sus consecuencias. Como es lógico la Agencia Tributaria aplica recargos por hacer efectivo el pago de sus tributos una vez superado el tiempo reglamentario.
Hacienda establece una serie de periodos en los que liquidar los impuestos, es decir, las fechas en las que presentar la declaración de la renta, hacer la declaración trimestral de IVA, el Impuesto de Sociedades, el Impuesto sobre Patrimonio y en general cualquier tipo de tributo. Incluso los tributos gestionados por los ayuntamientos, como pueda ser el Impuesto sobre Bienes e Inmuebles o la tasa de basuras disponen de periodo acotado para su pago.
Como es lógico, Hacienda permite el pago de impuestos fuera de término, aunque también establece sanciones y recargos. Como norma general, a la cantidad adeudada habrá que sumar los llamados intereses de demora que habitualmente viene marcado por el interés legal del dinero. En el caso de la Agencia Tributaria, es el Boletín Oficial del Estado (BOE) el encargado de publicar este dato, que en 2015 es del 4,3% frente al 3,5% del interés legal del dinero.
Si no quieres que esto te pase en la renta 2014, aquí puedes consultar los plazos legales para presentarla.
Presentar la declaración fuera de plazo
Para quienes se decidan a presentar la declaración fuera de plazo deben saber que las sanciones varían en función del resultado de la declaración y de si son ellos o Hacienda quien se percata del error.
En el caso de la declaración de la renta no entregarla a tiempo supone una infracción leve que implica multas de entre 100 y 400 euros cuando el resultado es a devolver. Cuando el resultado es a ingresar, además de la sanción habrá que hacer frente a una serie de recargos que dependen del tiempo que haya pasado desde la fecha final para presentar la declaración.
- Antes de tres meses – 5% de la cantidad ingresada
- Entre 3 y 6 meses – 10% de la cantidad ingresada
- Entre 6 y 12 meses – 15% de la cantidad ingresada
- Más de 12 meses – 20% de la cantidad ingresada más los intereses de demora, tal y como la AEAT hace cuando se retrasa en sus devoluciones.
Es posible reducir un 25% el recargo de los importes cuando se muestra conformidad con la sanción impuesta según lo dispuesto en el punto cinco del artículo 27.
El siguiente cuadro resume la situación y las multas que tendrás que pagar no sólo por pagar los impuestos fuera de tiempo, sino también por defraudar a Hacienda.