A la hora de comprar una casa hay que tener en cuenta muchos elementos, tanto desde el punto de vista de la inversión como desde una perspectiva legal. El propio precio de la vivienda, el tipo dehipoteca –fija, variable, mixta…-, los gastos de la hipoteca, gastos de la compraventa, comprobar que la vivienda esté libre de cargas… Estas son sólo algunas de las cuestiones que un comprador debe tener en cuenta y ante esta avalancha de datos es normal dejarse algunos por el camino. Uno de los más olvidados es el Impuestos de Bienes e Inmuebles (IBI) que se paga de forma anual y grava la propiedad de los bienes inmuebles.
Una de las cosa que se deben comprobar antes de firmar la compra de una casa es que está libre de cargas y que está al día en el pago del IBI. De lo contrario, podemos encontrarnos con que hemos adquirido una vivienda con cargas que debe pagar el anterior dueño pero que pueden llevar al embargo de la propiedad en el peor de los casos. Lo que generalmente no suele tenerse en cuenta es quien debe pagar el IBI al comprar la vivienda: el que vende o el que compra.
Desde un punto de vista estrictamente legal la respuesta es clara. Al estar el IBI devengado al 1 de enero, deberá hacerse cargo del mismo quien sea el propietario del inmueble en dicha fecha, independientemente de que venda después la casa ese mismo año. Es decir, que al devengarse este impuesto a 1 de enero, en el momento de comprar la casa este ya se habrá devengado y tendrá que pagarlo el vendedor.
Todo esto no implica que después vendedor y comprador lleguen a un acuerdo distinto para el pago del IBI, como por ejemplo hacerlo compartido o proporcional al tiempo que cada uno disfrute de la casa durante ese año.