En vacaciones se multiplican los viajes y el avión se torna protagonista. La frecuencia de vuelos y el número de viajeros también y con ellos llegan también los problemas, huelgas de pilotos o personal de tierra al margen. Las compañías aéreas se han ganado a pulso su mala fama en lo que al respeto de las normas y los tiempos se refiere.
Cualquier persona que haya viajado en avión un mínimo de veces se habrá enfrentado a retrasos, cambios de asiendo, cancelaciones o el temido overbooking. Un retraso que por ejemplo puede ser comprensible en el caso del autobús no lo es tanto con el avión, donde esos ‘atascos’, que existen, no son visibles para el usuario. Lo más importante es saber que estos problemas pueden surgir e incluso algunos más graves como la pérdida de equipaje y prepararse para ellos.
Lo que no se puede y no se puede reclamar
Desde reclamador.es han elaborado un listado con diez casos en los que no se podrá reclamar a la aerolínea por más molestias que nos haya ocasionado su actitud.
Retrasos inferiores a 180 minutos
La ley protege a las aerolíneas en caso de retrasos y establece un margen de error bastante amplio. Según figura en el Reglamento 261/2004 para poder exigir la indemnización de entre 250 y 600 euros, será necesario que el retraso sea superior a 3 horas.
El criterio que se usa para definir el horario de llegada es el registrado por los sistemas operacionales de los aeropuertos españoles es el correspondiente a la detección de las aeronaves por la guías de atraque de la pasarelas de las terminales, y la consiguiente puesta de calzos al avión, según establece AENA.
Reservas de hoteles y entradas
Si por un retraso o cancelación por fuerza mayor pierdes tu reserva de hotel o las entradas que tenías para ir al teatro o al musical de turno no se podrán reclamar. Sí que se podrá, sin embargo, exigir el alojamiento y manutención suficientes hasta la salida del vuelo en el lugar del origen del problema.
Otra cuestión es que el retraso no tenga que ver con una causa de fuerza mayor, en cuyo caso sí se podrán plantear acciones para reclamar a la aerolínea.
Gastos de transporte
Si has acudido en taxi al aeropuerto no podrás reclamar con carácter general. Sí que podrás pedir una indemnización y reembolso por los gastos de transporte ya desembolsados y no disfrutados por el retraso/cancelación.
Reembolso del billete
Con carácter general no se podrá pedir el reembolso del billete o su anulación, si fuese el caso, salvo que se trate de billetes de tarifa completa. Para salir de dudas la mejor solución es repasar los supuestos de reembolso que admiten las compañías, incluso si has contratado un seguro de viaje. Y es que la mayoría de estos seguros sólo incluyen los casos de enfermedad o los denominados de fuerza mayor.
Cargos por facturar maletas o elegir asiendo
Estos cargos no se pueden reclamar si han sido debidamente informados por la compañía en las condiciones generales en el momento de contratación. Sí se podrán reclamar los cargos que sean desproporcionados como una comisión abusiva por el pago con tarjeta o las gestiones online.
Equipaje de mano, no tan de mano
El equipaje de mano es una fuente habitual de conflictos en los vuelos. Si la aerolínea se niega a admitir un bulto como equipaje de mano, no se puede solicitar una indemnización automática, aunque sí se podrá reclamar por incumplimiento contractual si podemos acreditar que el bulto cumplía con las especificaciones de la aerolínea.
Cambios de avión
Los cambios de avión no se pueden reclamar porque al final lo que el viajero contrata no es un modelo de aeronave, sino un trayecto y un horario de saluda y llegada junto con una serie de servicios durante el vuelo.
Deterioros en el equipaje
Más allá de los consejos de reclamador.es, debes tener claro que si maleta sufre daños podrás reclamarlos a la aerolínea y si eres capaz de justificarlos y demostrarlos, recibirás una indemnización que puede ser la reparación o reposición de la maleta.
Pérdida de equipaje
En caso de pérdida de equipaje se podrá reclamar siempre sí o sí y es importante hacerlo nada más percatarse de que la maleta no aparece. En este caso la compensación podrá ser de 1.100 euros en vuelos internacionales y 560 euros en nacionales, aunque la mayoría de aerolíneas adelantan una cantidad mínima durante los tres primeros días de extravío para comprar ropa.
Comida y bebida a bordo
No se podrá reclamar a no ser que así aparezca específicamente en las condiciones generales del vuelo.
Escasez de personal
Es otro elemento que no se podrá reclamar. La ley obliga a las aerolíneas a contar con dos tripulantes en vuelos de hasta 100 pasajeros y con uno más por cada 50 pasajeros que se añadan. A partir de ahí, será la propia aerolínea la que decida el número de tripulantes.
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Imagen – Matej Kastelic y moomsabuy en Shutterstock