2025 llegará con un pan debajo del brazo, o, mejor dicho, con una alegría para muchas generaciones. A partir del 1 de enero, cualquier persona podrá rescatar de forma anticipada de su plan de pensiones sin necesidad de haber alcanzado la edad de jubilación.
Eso sí, en 2025, solo se podrán rescatar las aportaciones realizadas hace más de 10 años. A partir de 2026 se podrá recuperar lo aportado hasta el 31 de diciembre de 2016 (más sus réditos) y así sucesivamente, siempre con una década de margen.
Se trata de una noticia cuanto menos optimista que beneficia a millones de españoles. El siguiente paso es elaborar una eficiente estrategia fiscal para obtener el máximo beneficio, aunque teniendo en cuenta que Hacienda también será beneficiaria de esta operación. En otras palabras, que habrá que pagar impuestos por este rescate anticipado.
El capital de los planes de pensiones se considera un rendimiento del trabajo, igual que el salario, y se incluirá en la base imponible general del IRPF.
Como el IRPF es progresivo, los impuestos a pagar serán mayores cuando más altos sean los ingresos, tanto del plan como de tu salario o de tu pensión. Con los tipos impositivos actuales supondrá entre un 19% y hasta más de un 50% de lo rescatado dependiendo de la comunidad autónoma.
No obstante, el impacto fiscal cobrará mayor o menor relevancia si se hiciese en forma de renta o de capital y teniendo en cuenta si se han percibido otros ingresos adicionales.
Una realidad compleja
Las últimas cifras aportadas por la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco) demuestran que el volumen de activos del conjunto de los Planes de Pensiones estaba, a finales de 2023, en torno a los 114.000 millones de euros. Teniendo en cuenta dicho importe, unos[…]Leer noticia completa en la fuente original