Tal y como estaba previsto el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley para la Reforma de las pensiones tras alcanzar un preacuerdo con los sindicatos (aquí se puede acceder al documento)
Tras la presentación del documento ya sabemos con exactitud cuál es la propuesta del Gobierno en consenso con los agentes sociales y por lo tanto podemos decir cómo será la reforma de las pensiones. Finalmente se extiende la edad de jubilación hasta los 67 años, aunque será posible jubilarse a los 65 y cobrar el 100% siempre que se coticen 38,5 años. Pero este es sólo un resumen muy general.
La reforma de las pensiones y la jubilación incluye los siguientes cambios:
Cotización mínima e importe de la pensión
A partir de 2013 se irá elevando de forma progresiva la edad de jubilación hasta los 67 años. Sin embargo, quienes coticen 38,5 años podrán jubilarse a los 65 años cobrando el 100% de la pensión.
La subida progresiva de la edad de jubilación se articulará de forma que durante los primeros 6 años se subirá a un mes por año y a partir de ahí dos meses por ejercicio de forma que en 2027se alcanzarán los citados 67 años.
También aumentan los años que es necesario cotizar para cobrar el 100% de la pensión que pasan de 35 a 67 años, lo que también se hará de forma progresiva. Los años de cotización mínima se mantienen en 15.
Desde Cinco Días nos llega el siguiente gráfico que habla por sí mismo:
Sistema de cómputo
La reforma también cambia la forma de calcular la pensión. El cómputo de años que se tienen en cuenta pasa de los 15 años actuales a los 25 años. El cambio también será progresivo y se extenderá hasta 2023 a razón de un año más de cómputo por cada año que pase.
Jubilación anticipada
La jubilación anticipada pasa de 61 a 63 años. Sin embargo, se convierte en un derecho de los trabajadores y ya no será necesario que el cotizante sea despedido. Podrá acogerse a la jubilación anticipada de forma voluntaria, en cuyo caso si no ha cubierto los años de cotización se le aplicará un coeficiente.
Excepcionalmente, en situaciones de crisis, los trabajadores se podrán jubilar a partir de los 61 años cuando hayan cotizado al menos 34 años y seis meses.
Becas
Se ha creado un convenio para que las empresas puedan pagar el coste de la cotización de los becarios durante el tiempo que dure la misma. Además, se podrán restacar durante los cuatro años anteriores a la entrada en vigo de la ley hasta dos años de realización de este tipo de actividades, previo pago de las cotizaciones.
Maternidad
Las mujeres que interrumpan su carrera profesional por el nacimiento de hijos podrán sumar 9 meses a su cotización por cada hijo hasta un máximo de 2 años.
Pensiones mínimas
El texto aprobado en Consejo mejora las pensiones mínimas de los pensionistas de edad avanzada que viven solos, ya sea de jubilación, incapacidad o viudedad.
El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha recalcado que la reforma no afectará a los actuales pensionistas.
Por último, se incluye un factor de sosteniblidad que empezará a estar operable en 2027 cuando finalice el periodo transitorio y por el cual cada cinco años se revisará la esperanza de vida y se introducirán variables en el sistema en función de las mismas.
Que verguenza que no estemos todos en igualdad de condiciones.
Españoles a trabajar para que los del guante blanco se lleven el dinero a sus bolsillos,no a las arcas.
Debemos dejar de pagar la cuota sindical, dejar de pagar a todos los que representan al gobierno,no trabajan lo suficiente para ganar un sueldazo a costa de los contribuyentes.
No os preocupeis que a los 67 llegaremos pocos y no podremos disfrutar de jubilacion.
Trabajaremos como negros para que disfruten de pagas vitalicias y sueldos millonarios mientras el pais pasa miseria, y que mas da si no les importamos.
Que hacemos los españoles, deberiamos de unirnos todos para que paren.
Se les Pagan con el dinero de los contribuyentes y somos tan tontos que nos toman el pelo.
TODOS UNOS CACIQUES
Entiendo que un artº no puede detallar todos los pormenores del tema. Mi comentario es una pregunta, que ruego me responda quien entienda de ello.
— Cuentan los 2 años de desempleo como cotizados, a la hora sumar para el coef. reductor por jub anticipada?
— Si me jubilo a los 61 años. ¿Qué últimos 15 años hay que calcular, hasta los 61 o hasta los 65?
–Para el 2019, en que cumplo los 61 años, podré jubilarme entonces o esperar a los 63?
Por otra parte, quisiera llamar la atención de los jóvenes de hoy, pues si a sus padres les han recortado, a ellos se lo están quitando. Salvo los 4 de siempre y otros 4 funcionarios, veo difícil que los demás vayan a poder cotizar los suficientes años para tener derecho de jubilación, ú otras prestaciones.