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Como aplazar el pago del IRPF

Nos preguntaba un lector en una situación económica delicada si existía la posibilidad de aplazar el pago del IRPF y cómo podía hacerse. Su caso seguramente recuerde al de muchos otros contribuyentes que ha permanecido en paro buena parte del ejercicio 2009 y cuando llega el momento de cumplir con Hacienda se encuentran con que están obligados a declarar al haber tenidos dos pagadores -el paro se computa como un pagador más y el dinero recibido como rendimientos del trabajo a efectos fiscales-.

Por fortuna, la Agencia Tributaria ofrece alternativas para abonar la declaración de la renta de forma fraccionada e incluso de apazarla cuando existan causas justificadas.

Fraccionar el pago de la renta es muy sencillo y sólo hay que indicarlo en la última página del Programa Padre o de la declaración de IRPF. El fraccionamiento se lleva a cabo en dos partes de forma que en el primer pago, que se hace en el momento de presentar la declaración, hay que abonar el 60% de la ‘factura’. El 40% deberá embolsarse antes del 5 de noviembre de 2010. Para poder disfrutar de estos beneficios la declaración debe presentarse dentro del plazo establecido.

Sin embargo, aplazar el pago del IRPF es algo más complicado, ya que en primer lugar debe existir una causa justificada para hacerlo. Es decir, debemos ser capaces de demostrar que atravesamos por dificultades financieras o de tesorería que hacen imposible o recomendable el aplazamiento de la deuada y la forma en la que pensamos afrontarla. Además, en principio o se puede solicitar el aplazamiento del 100% de la deuda, sino sólo del segundo pago.

Se puede solicitar el aplazamiento a través de la nueva Sede electrónica de la AEAT siguiente esta ruta: Sede Electrónica > InicioProcedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro) > Recaudación > Aplazamientos y fraccionamientos > Solicitud de aplazamiento y fraccionamiento del pago de deudas

Quiene deseen aplazar el 100% de la deuda deberán primero impagar los plazos de pago y, una vez entren en Recaudación ejecutiva, solicitar el aplazamiento de la deuda en ejecutiva. Esto incluye un recargo en forma de intereses de demora, situado en el 5%.

Entre la documentación que Hacienda puede requerir para confirmar la situación financiera se encuentran avales, hipotecas, ingresos, bienes inmuebles… Estos datos le servirán, para asegurarse el futuro pago de la deuda fiscal. Y es que dependiendo de la cantidad de la deuda, la AEAT requiere de un aval solidario por parte de la entidad financiera o similar como garantía de pago. De esta forma. para deudas inferiores a 6.000 euros no es necesario garantizar su pago, mientras que las superiores a 6.000 euros sí deben hacerlo a tráves de  un aval, garantia hipotecaria, pignoraticia o personal.

El aplazamiento se pacta con Hacienda, de forma que se establece un calendario de pagos que debe proponer el porpio contribuyente. Es decir, se trataría de pagar X euros durante X meses, como si se tratase de un crédito.

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  1. Tengo una duda sobre esto de la Renta.

    Un amigo tiene ingresos de la empresa por 21 mil, con lo que no estaría obligado.

    Tiene luego un ingreso por 2.500 y pico de los de 210 euros mensuales de la renta básica para emancipación (para el alquiler).

    Estos me parece que no estan sujetos a retención en origen, ustedes lo sabrán mejor ;-) ,así pues ¿esta obligado a declarar o no?

  2. admin

    Puedes encontrar toda la información respecto a la declaración de la renta en el blog Impuestos Renta.

  3. jesus

    Buenas,

    Es posible que un trabajador pida a su empresa, que “aplace” la deduccion del IRPF cada mes y que por ejemplo el ultimo mes del año, se deduzca el total del IRPF ANUAL?
    Es decir como una autofinanzición pero de cara al trabajador :)

    HOLA JESÚS;

    Esto no es posible. Se puede recudir el IRPF en determinadas circunstancias como por ejemplo para trabajadores con hipotecas, pero poco más.

Responder a la entrada “Como aplazar el pago del IRPF”

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