¿Quién se salva en caso de quiebra de un banco?

Si es demasiado caro rescatar a un banco, se podrá dejar que quiebre. Esta idea apuntada ayer por el ministro el comisario europeo de Competencia, Joaquín Almunia, ha puesto en guardia a los clientes de aquellas entidades financieras más perjudicadas. A pesar de que el Gobierno ha asegurado que “el FROB no tiene pensado liquidar ninguna entidad nacionalizada”. Lo cierto es que la pregunta  ¿Qué pasa con mi dinero si el banco quiebra? le ha venido a la cabeza a más de uno.


El resultado es muy dispar y sobre todo depende de tipo de activos financieros se tengan contratados.

Hipotecas:

Los más optimistas echaban las campanas al vuelo esta mañana diciendo que lo único que tenían con su banco eran deudas y que por eso no tenían nada que perder y mucho que ganar en caso de quiebra de su entidad financiera. No se trata de aguarles el día, pero por mucho que el banco quiebre las deudas continuarán. El Estado, otro banco o algún fondo de inversión de alto riesgo se quedará con las carteras hipotecarias y otros créditos. Habrá que seguir pagando.

Depósitos y cuentas corrientes:

Para salvaguardar los ahorros de los inversores más conservadores, la ley hace tiempo que estableció que el Estado, a través del Fondo de Garantía de Depósitos, garantiza hasta 100.000 euros, por persona, en cuentas y depósitos de los bancos españoles. Así que quienes estén en esa situación, en principio, no deberían tener demasiado miedo.  Lo de estar tranquilos en estas circunstancias no se le puede pedir a nadie. El consejo en estos casos es el de siempre diversificar. Si hay una cuenta que tenga más cantidad de dinero, no estaría mal retirar el sobrante y llevarlo a otra entidad financiera.

Fondos de inversión y planes de pensiones

No están protegidos por ninguna garantía, pero como sucede con las hipotecas lo más probable es que el liquidador del banco los vendiera a otras entidades con mejor posición financiera a los que les permitiría ampliar su cartera de clientes y de pasivo. (un punto bastante interesante de cara a cumplir con los requisitos de Basilea 3).

Cédulas hipotecarias, bonos, pagarés de bancos, obligaciones subordinada, participaciones preferentes, cuotas parcipativas…..

Los propietarios de este tipo de productos tienen pocos motivos para el optimismo. En principio no tienen ningún tipo de garantías por lo que en caso de que se deje caer el banco pasarían a las últimas posiciones de la cola de acreedores en el procedimiento concursal. Es decir, serían los últimos en cobrar y sólo lo harían en caso de que después de liquidar todas la propiedades de la entidad financiera. Aún así hay otros que lo tiene mucho peor los accionistas. Estos son los que más tienen que perder. Se considera que son los “dueños” del banco, por lo tanto si desaparece el valor de esas entidades se desvanecerán.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.