En el ámbito fiscal, es frecuente que se confundan términos que, aunque similares, tienen implicaciones tributarias distintas. Este es el caso de las «donaciones» y los «donativos». Aunque en el lenguaje cotidiano se emplean como sinónimos, la Agencia Tributaria los diferencia claramente en cuanto a su tratamiento fiscal. Por tanto, es crucial entender sus diferencias para evitar sorpresas al presentar la declaración de la renta.
En este artículo, desglosamos las distinciones entre ambos términos y cómo tributan, para que puedas tomar decisiones informadas en cuanto a tus contribuciones de dinero o bienes.
¿Qué es una donación y cómo tributa?
Una donación se define como el acto de ceder gratuitamente un bien o dinero a otra persona. Este concepto abarca desde la entrega de efectivo hasta bienes tangibles como viviendas, vehículos o incluso la cancelación de una deuda. En el plano fiscal, las donaciones están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, gestionado por las comunidades autónomas, que aplican sus propias tarifas y bonificaciones.
Cuando se realiza una donación, el donatario (la persona que recibe el bien) es quien debe hacerse cargo de este impuesto. Sin embargo, aunque todas las donaciones están sujetas a este tributo, la Agencia Tributaria suele centrarse en aquellas de mayor valor, como propiedades o vehículos, mientras que las más pequeñas (por ejemplo, un regalo de boda o Navidad) rara vez son investigadas.
Cuando se dona un bien patrimonial, como una vivienda o una cartera de acciones, se pueden generar ganancias o pérdidas patrimoniales. Por ejemplo, si alguien dona una propiedad que compró por 100.000 euros y su valor actual es de 150.000 euros, el donante deberá tributar sobre esa diferencia, entre un 19% y un 23% en la declaración del IRPF, según la cantidad.
Así es como tributa una donación en la renta.
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