Cláusula suelo, un 29% de hipotecas afectadas

Un estudio elaborado por el Banco de España a instancias del Senado del que se hace eco Cinco Días desvela que el famoso suelo hipotecario afecta todavía al 29% de los préstamos hipotecarios. Estas cláusulas de suelo limitan el efecto de positivo de las caídas del euribor estableciendo un interés mínimo que el hipotecado deberá pagar independientemente de la evolución del índice de referencia. Como contrapartida, existe también un techo o tipo de interés máximo, que sin embargo es mucho más complicado de alcanzar que el mínimo.

Según los datos del Banco de España, el tipo de medio establecido por las cláusulas de suelo en la hipoteca es del 3,1%, muy por encima del 1,26% al que camina el euribor y al que, como es lógico, habría que sumarle el diferencial del préstamo. Ahora la entidad justifica estas cláusulas alegando que respetan los mínimos de prudencial y sobre todo que son «un factor que favorece la estabilidad financiera, elemento de interés público».

Esto no implica que este tipo de interés mínimo en la hipoteca no suponga un quebradero de cabeza para muchas familias y motivo de disputas legales entre el banco y los usuarios. Eliminar la cláusula suelo no es fácil, aunque sí posible, siempre que se haga de mutuo acuerdo. El problema reside en que esta cláusula es legal -según el Banco de España, «siempre que se incluyan en cláusulas redactadas de manera clara y comprensible, deben considerarse libremente pactadas», y «no cabrá catalogarlas como abusivas»-. Es decir, debe ser el banco, de buena fe, el que acepte modificar el préstamo.

La vía de salida para muchos hipotecados es que a efectos reales estas cláusulas no ofrecen una protección efectiva, ya que los techos hipotecarios son difícilmente alcanzables y los suelos demasiado fáciles de alcanzar. De hecho, el techo se sitúa en un desproporcionado 13,56% de media. Desde diferentes asociaciones de usuarios se está instando a los hipotecados con suelo a reclamar hasta poder contar con una sentencia favorable que siente jurisprudencia al respecto. Lo que hay que tener claro es que quejarse alegando que no se explicó la cláusula no es la solución y sí demostrar que es abusiva. Y es que se supone que el usuario conoce las condiciones del préstamo antes de firmar y que en caso contrario puede exigir al notario y a la entidad que le aclaren cualquier tipo de duda.

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