Cláusulas que debemos vigilar antes de firmar la hipoteca

Saber leer la letra pequeña y detectar clausulas abusivas. Estas, que a prima facie, constituyen simples premisas, son las que han “ahogado” la vida de muchos españoles. La necesidad de financiación, el apuro por comprar, y el encandilamiento que provocan los anuncios, han llevado a que muchos de nosotros firmemos apurados y sin ver las posibles trampas que se esconden en los contratos hipotecarios.


Esta guia pretende echar luz sobre los puntos oscuros que podemos encontrar al firmar una hipoteca, ya sea con un Banco, una Caja, o cualquier otra institución financiera.

Encandilarse con el anuncio: El hecho de entusiasmarnos al punto de no analizar en profundidad al encontrar un anuncio llamativo, es el primer error que debemos evitar cometer. Muchas veces las entidades promocionan unas condiciones muy favorables, pero que solo lo son a primera vista, y no pasan un análisis más exhaustivo. No debemos dejarnos llevar por la prisa o las emociones a la hora de firmar ningún documento, y mucho menos uno que nos comprometa para toda la vida, como lo es la hipoteca.

Porcentaje de financiación: Es común que en aquellos casos en que la entidad promocione unos tipos de interés bajos y un capital de hasta el 100% del precio del inmueble, es que estas condiciones sean excluyentes. Es decir, que el tipo de interés ofrecido en grandes letras resulte aplicable sólo si se solicita un capital de hasta el 80% del valor de tasación. Cuando se supera dicho tope, es normal que el tipo de interés se incremente, como consecuencia del aumento del riesgo para la entidad crediticia.

Suelo hipotecario: Otro punto en el que hay que prestar especial atención, es que el préstamo no esté sujeto a un tipo de interés mínimo. Es un aspecto vital, ya que en un contexto de tipos de interés a la baja, como el tuvo lugar en 2009 y 2010, esta cláusula nos impediría beneficiarnos con tales reducciones.

Productos vinculados: Un diferencial bajo, no significa una hipoteca barata. Muchas entidades anuncian diferenciales mínimos del 0,35% o similares. Sin embargo, para acceder a ellos es necesario contratar todo un batallón de productos con la entidad. Estas exigencias van desde tener una cuenta en la entidad, hasta efectuar aportaciones a planes de pensión o fondos de inversión por montos que en promedio suelen ser de 1.000 euros anuales. Todo esto pasando por la necesidad de contratar seguros de vida, de hogar, de protección de pagos, tarjetas de débito, crédito, etc.
El conjunto de los productos exigidos en muchos casos es tan amplio que tornan una aparente “buena oferta” en un clavo. Esto es así, porque cada cosa que la entidad nos exige que contratemos tiene un costo asociado, el cual en definitiva incrementa el precio del producto final.

Las comisiones: Las comisiones suelen formar parte de la denominada TAE, que en definitiva es el costo que vamos a terminar pagando por el préstamo. Es por ello que vigilar las comisiones que nos aplican es muy importante, más con la variedad que existe. Que no nos cobren comisión de apertura, no significa que el préstamo sea bueno. Además de la mencionada existen la comisión de estudio, comisión por desistimiento, comisión por cancelación anticipada, comisión por amortización parcial, y comisión por subrogación entre otras menos importantes.

El aval: Aún encontramos en el mercado hipotecas 100%, es decir aquellas que nos financian el total del valor de tasación. Sin embargo, lo que no se suele anunciar, es que en estos casos los bancos solicitan un aval o una doble garantia, so pena de cambiar radicalmente las condiciones ofrecidas. Como normalmente no se cuenta con esta segunda garantía veremos como se endurecen y, obviamente, encarecen las condiciones del préstamo solicitado.

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