Los trabajadores autónomos tienen algo que celebrar, ya que finalmente el Senado ha aprobado la nueva Ley que desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo y la Ley de Economía Social, que llevaba muchos meses siendo esperada por parte de sus interesados.
El contenido de esta nueva ley venía anunciándose desde hace algún tiempo, y trae una serie de medidas que están destinadas a fomentar la economía social y mejorar las condiciones laborales de los trabajadores autónomos. A continuación vamos a destacar las medidas más relevantes que afectan directamente a los autónomos.
Colaboraciones por parte de familiares
Se ha ampliado seis meses más la bonificación del 50% en las cuotas a la seguridad social que venían disfrutando las colaboraciones por parte de familiares, que actualmente eran hasta los 18 meses, llegando así hasta los dos años. Durante esos seis meses en los que se han ampliado podrán contar con una bonificación del 25%.
Revisión de la tarifa plana
La tarifa plana pasará a ser de 50 € exactos durante seis meses por contingencias comunes, este periodo se amplía hasta los 12 meses en el caso de personas víctimas del terrorismo, con discapacidad o de violencia de género.
Durante los seis siguientes meses se aplicará una reducción del 50% a la base mínima de cotización. En el caso de las personas víctimas del terrorismo, con discapacidad o de violencia de género esta reducción se extenderá hasta los 48 meses.
Una vez terminado el año, la reducción pasará a ser del 30% durante los seis meses siguientes, exceptuando los menores de 30 años o 35 en el caso de las mujeres, donde esta reducción será de 18 meses.
Por otro lado los autónomos tendrán permitido contratar a trabajadores sin perder su derecho a la aplicación, algo que hasta el momento sólo estaba destinado para autónomos sin trabajadores.
Autónomos económicamente dependientes
Los autónomos que reciben un mínimo del 75% de sus ingresos totales por parte de un único cliente o empresa, son considerados autónomos económicamente dependientes, y tendrán derecho a contratar a un trabajador para conciliar la vida profesional y familiar. Para ello se tiene que dar alguna de las siguientes circunstancias: estar a cargo del cuidado de menores de siete años y por familiares a cargo en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%, riesgo durante el embarazo y lactancia de un menor de nueve meses, paternidad, adopción, acogida o períodos de descanso por maternidad.
Prestación por desempleo
Se ha aumentado en un 20% la posibilidad de poder capitalizar la prestación por desempleo en el pago único, llegando hasta el 100% sin importar la edad. Por otro lado también existe la posibilidad de poder capitalizar una parte en un pago único y el resto destinarlo a cuotas de la seguridad social, o destinar toda la prestación a cuotas sociales como se hacía hasta el momento.
El derecho de poder compatibilizar el cobro de la prestación de desempleo con el inicio de la actividad como autónomo que hasta el momento sólo estaba permitido para los menores de 30 años, se ha extendido a todos los autónomos sin importar su edad durante un máximo de nueve meses.
Se ha ampliado el plazo para reanudar el cobro de la prestación por desempleo después de haber iniciado una actividad como autónomo en tres años, llegando así hasta los cinco años. Para poder percibir esta prestación una vez pasados los dos primeros años se tendrá que acreditar causas económicas u organizativas.
Apoyo a empresas de inserción y centros especiales de empleo
A partir de ahora las empresas de inserción y los centros especiales de empleo serán consideradas entidades prestadoras de servicios de interés económico general, por lo que verán ampliado hasta 500.000 euros el máximo de subvenciones públicas que pueden recibir en tres años. Por otro lado las empresas que contraten trabajadores que vengan de empresas de inserción serán bonificadas y se fomentará la reserva de mercado público en los concursos de licitación.
Se amplían las bonificaciones en entidades de economía social para la incorporación de socios
Con el fin de poder facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales se amplía la bonificación a 800 euros al año durante tres años, y en el caso de menores de 30 años este aumento llega a un total de 1650 euros el primer año.
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