tarjetas revolving, Tribunal Supremo, Asufín

En la mayoría de los casos el coste de las tarjetas revolving sigue superando el 22% anual

Tal y como detalla la Asociación de Usuarios Financieros, el coste de este tipo de tarjetas de crédito, apenas se redujo en un 0,2% entre los meses de junio a diciembre del pasado año 2020. 

El interés aplicado en las tarjetas revolving continúa sobrepasando los límites de la legalidad, ya que un tiempo hasta el propio Tribunal Supremo lo calificó de carácter usurario para sus clientes.

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A pesar de la sentencia del Tribunal Supremo, el interés de estas tarjetas se mantiene por encima de la legalidad

En el pasado mes de junio, el porcentaje de interés en estas tarjetas fue de un 22,86%. Desde entonces hasta finales del año, el interés se redujo tan sólo en 0,2 décimas, alcanzando el 22,84%. Es decir, durante 6 meses, el coste medio anual de las tarjetas revolving se ha mantenido prácticamente estable, y por encima de la cantidad que el Supremo considera el umbral para considerar o no usurario un tipo de interés. 

Así lo ha reflejado el último barómetro publicado por Asufín, del cual podemos observar que el coste de las tarjetas revolving se mantiene bastante estable y por encima del límite legal, a pesar de la sentencia dada por el Tribunal Supremo en marzo del año pasado. Si que es destacable que ciertas entidades bancarias y financieras han procedido a realizar determinados ajustes a la baja, dadas las altas tarifas de emisión y renovación de dichas tarjetas.

Por medio del fallo que se llegó a dictar en el Tribunal Supremo sobre el caso de una tarjeta revolving perteneciente a Wizink, cuya tasa anual equivalente se encontraba en un peligroso 27%, el Supremo calificó este coste de desproporcionado y usurario, puesto que se encuentra muy por encima del 20% que el Banco de España indica como tipo de interés medio aplicable a las tarjetas. 

La sentencia llevada a cabo por el Tribunal Supremo, se fundamenta en la ley de represión de usura, ya que en su artículo 1 figura que será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero. 

Además, esta sentencia ha sido avalada también por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por medio de un auto realizado el 25 de marzo, en el cual se señala que dicha normativa no interfiere con las directivas comunitarias de protección a los consumidores europeos. 

Aunque la sentencia proporcionada por el Tribunal Supremo no tuvo el efecto deseado, sí que es cierto que marcó un antes y un después sobre el mercado de las tarjetas revolving. De hecho, la TAE media de estos productos llegó a descender durante el pasado año casi tres puntos porcentuales por debajo del 25,20% que se registró en el último año prepandemia. 

Los productos de mercado estudiados por la Asociación de Usuarios Financieros revelan que, para una financiación de 1.000 euros a 2 años, el coste medio es de 229,40 euros. Este puede incluso aumentar hasta los 472,94 euros.

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