En los tiempos que corren, toda ayuda económica es poca para aquellas personas que deben mantener a su familia y carecen de empleo. Especialmente por las escasas probabilidades que tienen para encontrar un puesto de trabajo que cubra las necesidades de su familia.
Por esta razón, los gobiernos de las Comunidades Autónomas otorgan la Renta Mínima de Inserción (RMI).
¿En qué consiste?
Se trata de una prestación económica que se calcula sumando una prestación mensual básica (no suele superar el 70% del salario mínimo interprofesional) y un complemento variable que dependerá de la cantidad de miembros de la unidad familiar que convivan bajo el mismo techo.
Destinatarios de la Renta Mínima de Inserción
Se otorga la RMI a aquellas familias que, por carecer de empleo, de una pensión o de otras prestaciones de protección social, no pueden hacer frente a las necesidades básicas de la vida.
El fin de la renta, es conseguir que estas familias reciban apoyo personalizado para que puedan conseguir su inserción social y laboral.
Requisitos para acceder a esta prestación
Aunque cada Comunidad Autónoma tenga sus requisitos propios, lo cierto es que comparten la mayoría:
- Residir de manera permanente y efectiva en la Comunidad Autónoma y estar empadronado en alguno de sus municipios
- Tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años. Se hacen excepciones a:
- Personas entre 18 y 25 años si hasta la mayoría de edad estuvo tutelado por la Comunidad, en casos de orfandad absoluta, en casos de grave exclusión social.
- Personas fuera de este rango si se tienen personas con más de un 45% de discapacidad a su cargo.
- Personas mayores de 65 años que carecen de pensión o prestación de renta mínima.
3. Constituir una unidad familiar con anterioridad mínima de 6 meses antes de solicitar la RMI.
4.Carecer de los recursos económicos necesarios para financiar las necesidades básicas de la vida.
Duración de la prestación
En este caso, la duración de la prestación sí que depende completamente de la Comunidad Autónoma y puede variar mucho. Algunas Comunidades otorgan esta ayuda durante 12 meses, otras durante 60 y otras incluso de manera indefinida.
En cualquier caso, será necesario acreditar que se siguen cumpliendo las requisitos para recibir esta ayuda con cierta periodicidad.
Pues mira esto suena bien…despues de tanto leer de corrupcion, ladrones y chorradas banales sin importancia da gusto leer una buena noticia. Parece una buena iniciativa.
bueno y la creacion de empleo para cuando?
Doy por hecho que en el caso de que alguien esté empadronado en España con toda su familia, aunque sea extranjero y resida normalmente en otro país, puede pedirla y obtenerla.
¿Es prorrogable hasta el infinito?