Si su sociedad tuvo pérdidas, tiene hasta el 1 de febrero para solicitar al Ayuntamiento de Madrid la bonificación del Impuesto sobre Actividades Económicas
Los contribuyentes del IAE que tributen por cuota municipal y tengan un rendimiento neto de la actividad negativo durante el ejercicio 2012 podrán solicitar una bonificación del 25% en las cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2014.
Los requisitos para disfrutar dicha bonificación son:
- Se considera rendimiento neto de la actividad la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, excluidas las compensaciones de bases imponibles negativas de periodos anteriores y los beneficios o pérdidas procedentes de activos no corrientes.
Cuando una entidad forme parte de un grupo de sociedades se tendrá en cuenta el rendimiento neto conjunto de las entidades pertenecientes a dicho grupo.
- Se tomará como referencia la última declaración del Impuesto sobre Sociedades cuyo plazo de presentación hubiese finalizado a 31 de diciembre de 2013. Normalmente será la declaración del año 2012.
La bonificación es de carácter rogado, por lo que deberá solicitarse al Ayuntamiento de Madrid con anterioridad al 1 de febrero de 2014.
Pablo Gómez-Acebo