Trabajar como empleado y emprender como autónomo. Quienes lo hacen están encuadrados dentro del régimen de pluriactividad en la Seguridad Social.
Esa pluriactividad afecta a sus cotizaciones y también a sus impuestos. ¿Cómo tributa esa pluriactividad? ¿Cuál es su efecto sobre el IRPF y la obligación de presentar la renta? Eso es lo que vamos a ver.
Qué es la pluriactividad
Están en esta situación los asalariados que compatibilizan su trabajo con una actividad económica como autónomo.
Los trabajadores en situación de pluriactividad cotizan al Régimen General de la Seguridad Social como cualquier otro empleado y también lo hacen en el Régine Especial de Trabajadores Autónomos, RETA.
La diferencia con otros profesionales por cuenta propia es que puede reducir ciertas partidas de la cuota porque ya las están abonando como empleados.
Cómo afecta la pluriactividad a la obligación de hacer la renta
¿Tienen que hacer los autónomos en pluriactividad la declaración de la renta? Sí, sin duda.
Los criterios para hacer la renta no cambian por tener dos trabajos como empleado y autónomo. Los autónomos en pluriactividad se regirán por los mismos requisitos y normas para saber si están obligados a trabajar.
A efectos prácticos esto quiere decir que casi seguro habrá que hacer la renta. La razón es que al estar en pluriactividad tendrás dos pagadores a efectos de IRPF. Con esto en cuenta, estarás obligado a hacer la renta si tus ingresos superan los 14.000 euros y hayas cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores.
¿Cómo tributan los rendimientos del autónomo en pluriactividad?
El funcionamiento del IRPF tampoco cambia por tener un trabajo como empleado y otro como autónomo. Quienes están en situación de pluriactividad tendrán que declarar por el total de ingresos que reciban.
La particularidad es que lo harán[…]Leer noticia completa en la fuente original