Ante la desesperada espera por saber los parados si seguirán cobrando el Plan PREPARA de Ayuda de 400 euros, mientras el Gobierno estaría preparando un nuevo plan de Ayuda de 400 euros les proponemos repasar una especie de guía para los parados que agotaron sus prestaciones.
Por ahora nada se sabe de parte del Gobierno si renueva o no la ayuda de 400 euros muchos esperan que sí ya que no existen otras salidas mientras se esté en el paro si bien podría prorrogarse por 6 meses mas o reformarse y seguir con las mismas cifras a cobrar en especial los parados de larga duración son los mas perjudicados del colectivo de desempleados.
Ante la falta de respuesta y mientras el reloj corre al agotarse el 15 de Agosto, desde el PSOE y los sindicatos desde hace algunas semanas se viene presionando al Ejecutivo para que este extienda el subsidio una vez que se agote este 15 de Agosto, el rumor es que seguirá pero con algunos cambios y recién se pronunciará el 24 del mismo mes.
Mientras esperan a que se decida es bueno repasar cómo se cobra la Ayuda de 400 euros y los requisitos y forma de cobrarla:
Las ayudas que podrán solicitar los parados que agotaron la prestación por desempleo, una vez pasado los 24 meses de máximo de haber cobrado el paro, los parados podrán cobrar dos tipos de ayudas adicionales:
-La primera de ellas son los nombrados 400 euros del Plan Prepara, que dura hasta los 6 meses.
-La segunda se trata de la ayuda de 426 euros de la renta activa de inserción.
Se hace la salvedad que No podrán cobrar ambas ayudas al mismo momento.
Los “candidatos” desempleados que tienen derecho a pedir la ayuda de 400 euros se trata de los parados sin rentas y como se establece esta debe ser “de cualquier naturaleza” superando el 75% del salario mínimo interprofesional y “excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias”. Lo que a cifras mas claras es que nunca deberán ingresar más allá de los (482€).
En caso que el desempleado que solicite la ayuda viva con cónyuge, y tenga hijos menores de 26 años, y mayores de dicha edad que sufran una discapacidad del 33% o menores acogidos, podrán acceder a la ayuda si las rentas de todos estos integrantes de la familia no lograran superar dicha cuantía por cada uno de ellos como condición.
Algo que es imprescindible es que el parado se encuentre inscrito bajo la denominación de demandante de empleo por todo el periodo que dure la ayuda, y comprometerse a buscar de manera activa un empleo y no rechazar las ofertas laborales ya que al cobrar las prestaciones y si rechazan las ofertas suponen una escala de castigos, además de concurrir a todos los programas de empleo que se les ofrezcan por parte de los Servicios Públicos de Empleo.
Si reúnen estos requisitos y otros más que se requieren y son parados de larga duración que agotaron sus prestaciones tendrán derecho al cobro claro que siempre que el Gobierno decida seguir con el mismo, mientras el suspenso se alarga.
http://youtu.be/hWLA8F0f098