Los avales bancarios están a la orden del día y son ya necesarios para firmar un alquiler o pedir un préstamo, entre otras cosas. Sin embargo, ¿Sabes en qué consiste realmente un aval bancario? Te lo explicamos para que no te queden dudas.
Todo el mundo ha oído la palabra aval, pero puede que muchos no entiendan muy bien en qué consisten, por qué se piden o cómo funcionan. Para empezar, existe una distinción entre el aval personal y el aval financiero, pero antes vamos a dejar claro en qué consiste la figura del aval en general: se trata de una garantía adicional que asegura el cumplimiento de una obligación económica a favor de un tercero. Es decir, que quien avala se compromete a hacer frente de forma solidaria a los compromisos de otra persona en caso de que esta no pueda cumplirlos.
Aval personal y aval bancario
En el caso del aval personal, será una persona física o jurídica quien se haga cargo de los pagos del deudor cuando este no pueda o quiera hacerlo. El ejemplo clásico de aval es el de unos padres que actúan como avalista de su hijo a la hora de firmar la hipoteca o de que consigua un préstamo para emprender.
Al avalar a sus hijos, los padres garantizan con su propio patrimonio que su vástago será capaz de hacer frente a sus obligaciones con el banco, es decir, que será capaz de devolver el dinero en el tiempo y forma pactado. ¿Y si no lo hace? Si el hijo no paga el banco podrá solictar al avalista que se encargue de cubrir ese dinero, pudiendo incluso actuar contra los bienes que éste tenga. Dicho de otra forma, el padre puede llegar a perder su casa si su hijo no paga.
En el caso del aval bancario, será una entidad financiera quien se haga cargo de la deuda. En el caso de particulares, los avales bancarios suelen utilizarse a la hora de alquilar un piso y es la forma que tiene el casero de asegurarse que el inquilino pagará porque en caso de no hacerlo, ejecutará el aval y se quedará con ese dinero.
Sin embargo, los avales bancarios están más extendidos en el ámbito empresarial. Al solicitarlo, lo que hace la empresa es consolidar las garantías de pago del proveedor o cliente y se usa al banco porque este suele contar con patrimonio y liquidez inmediata para hacer frente al aval. Dicho de otra forma, no hay que estar reclamando ni esperando, con el banco se pdorá ejecutar el aval de forma inmediata e ingresar el dinero.
Tipos de avales bancarios
Existen diferentes tipos de avales banacarios según la operación que se quiera cubrir.
- Avales técnicos: la entidad financiera se hará cargo de la totalidad de las obligaciones incumplidas por el titular en el caso de los contratos de suministros (concursos, subastas, impago de alquiler, cuotas de renting o lising impagadas, etc). En este sentido, aseguran que el servicio o obra se llevará a cambio en la forma solicitada.
- Avales económicos: la entidad avala el cumplimiento de las obligaciones pero siempre con un límite dinerario y plazo establecido. Este es el tipo de aval bancario utilizado en el alquiler de una vivienda. En el caso de empresas garantizan simplemente que se pagará algo en un futuro.
- Avales financieros: son como los avales económicos, sólo que en este caso se refieren a las obligaciones de pago recogidas en un pagaré o una letra.
¿Cómo se solicita un aval bancario?
Para solicitar un aval bancario hay que acudir al banco, como es lógico. La entidad estudiará detenidamente la capacidad para cumplir con la obligación contraída -si la empresa ingresará el dinero que dice o si el particular pagará el alquiler mes a mes- y también para restutir el aval en caso de que la contraparte lo ejecute -si el casero cobra el aval, deberás el dinero al banco-.
Además, el banco también observará las propias condiciones del aval, en qué supuestos se podrá ejecutar y los plazos para hacerlo. Estas cuestiones, que pueden parecer Baladí, son casi más importantes que las dos anteriores. Y por supuesto, también tendrá en cuenta nuestro grado de vinculación. Tanto es así que los bancos rara vez conceden un aval a quien no es cliente.
Los costes del aval
Los avales no salen gratis. Aunque no suponen una salida inmediata de dinero para el banco, sí que le ponen en riesgo de tener que pagar es dinero de ejecutarse. Por eso el banco cobrará por sus servicios y por inmobilizar parte de su dinero una serie de comisiones. Son las siquientes:
- Comisión de estudio: se expresa como un porcentaje del aval solicitado y suele ser del ser un porcentaje del importe solicitado que ronda el 0,5%.
- Comisión de formalización o apertura: también es un porcentaje del importe del aval y suele rondar el 0,75%
- Comisión por riesgo: suele ser un porcentaje sobre el importe avalado que mide el riesgo que la entidad asume al actuar como avalista y que suele revisar de forma trimestral e incluso anual.
A estos costes hay que añadir los del notario, que tendrá que firmar el contraval y que cobrará un 0,3% adicional. En el caso de los avales con garantía hipotecaria habría que sumar además del impuesto de Actos Jurídicos Documentados por ser necesario otorgar una escritura.
Imagen – Lisa S. y Denis Vrublevski en Shutterstock
para realizar un prestamo tengo que tener un aval bancario, que precio tiene este, como y cuando se paga, ya que asumo que este aval tiene algun precio.