Guarda bien los tickets de la vuelta al cole, desgravan

Aunque agosto es el mes de vacaciones por excelencia, para muchas familias también es el momento para empezar a pensar en la vuelta al cole y la rutina escolar. De hecho, desde la segunda quincena del mes proliferan ya las ofertas en material escolar, uniformes y similares dentro de las grandes superficies. Es ahora cuando más se puede ahorrar porque muchas de esas ofertas desaparecerán durante el año.

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Tanto si ya has aprovechado para hacer tus compras como si estás por hacerlo, ten una cosa clara no tires el ticket de compra porque tiene premio fiscal. Dicho de otra forma, podrás desgravar parte de los gastos escolares al hacer la declaración de la renta 2015 el próximo año. Por desgracia, esta ventaja se limita sólo a algunas comunidades autónomos, ya que no se trata de una deducción estatal.

Te desvelamos en qué comunidades debes guardar el ticket de tus gastos escolares.

Comunidad de Madrid

Los madrileños puedes desgravar varios gastos escolares y relacionados con la educación de sus hijos. En concreto, gracias a a la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, todavía en vigor, podrán deducir parte del dinero que hayan pagado por la escolaridad y vestuario en Educación Básica Obligatoria, así como a la enseñanza de idiomas y vestuario.

Estas deducciones tienen mucho que ver con la apuesta de la comunidad por la educación concertada en lugar de la pública, especialmente en la parte de vestuario y gastos de escolarización.
Cada uno de los tres elementos que dan lugar a deducción permiten deducir un porcentaje de lo pagado. Estos son los que se pueden aplicar. :

  • El 15% de los gastos de escolaridad.
  • El 10% de los gastos de enseñanza de idiomas.
  • El 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.

En cualquier caso, la deducción total no podrá superar los 400 euros por hijo para quienes tuviesen derecho a desgravar por la enseñanza en idiomas y la adquisición de vestuario escolar y ascenderá a 900 euros por cada hijo que además incluya los gastos de escolaridad que, según está redactado el texto, son exclusivos de las escuelas privadas al 100%. Además, se limita la base imponible del contribuyente para poder aplicar la deducción, no pudiendo superar en euros la cantidad resultante de multiplicar por 30.000 el número de miembros de dicha unidad.

Además del ticket de compra de la ropa de los niños para el colegio -tiene que estar relacionada con el uniforme, ojo- también habría que guardar la destinada a idiomas como la academia de inglés o las extraescolares de idiomas.

Islas Baleares

En las Islas Baleares están fiscalmente suvencionada la adquisición de libros. La deducción en este caso asciende la 100% del coste de los libros de textos por hijo, aunque hay una serie de límites en función de lo que ingresa la familia.

Las siguientes tablas marcan estos límites, que son el resultado de sumar la base imponible y del ahorro menos los mínimos personales y familiares.


En cualquier caso, no podrán beneficiarse de esta ayuda fiscal los papás y mamás cuya base imponible sea superior a 12.500 euros en tributación individual y los 25.000 euros en tributación conjunta. Del mismo modo, sólo se podrán incluir los gastos por los hijos que den derecho al mínimo por descendiente.

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Islas Canarias

Los papás y mamás canarios podrán desgravar hasta 1.500 euros por cada descendiente y 1.600 cuando la base liquidable sea inferior a 33.007,2 euros de los  gastos destinado a gastos de estudios.

La diferencia respecto a otras comunidades es que esta es la única en la que sí entran los estudios universitarios, ya que en la mayoría de los casos los beneficios fiscales se refieren a la educación obligatoria. En las Islas Canarias se podrá desgravar la educación superior siempre que el descendiente no supere los 6.000 euros de ingresos, no haya cumplido los 25 años y dependa económicamente de sus progenitores. También existe un límite de ingresos, ya que la base imponible del contribuyente no podrá superar los 39.000 euros en tributación individual y los 52.000 en conjunta.

Castilla La-Mancha

En Castilla La-Macnah se puede aplicar una deducción del 100% por la compra de libros para educación básica y del 15% por la enseñanza en idioma. Esto quiere decir que debes guardar tus recibos de las clases de inglés y también de los libros de texto.

De nuevo, existen una serie de límites que son los siguientes para las familias que no sean familia numerosa:

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Los límites para las familias numerosas son diferente y no podrán superar los 40.000 euros de base imponible en declaración conjunta con una deducción máxima de 150 euros por hijos.

Los límites cambian en las declaraciones individuales para quienes no son familia legal. El siguiente cuadro resume las cuantías y porcentajes que se podrán desgravar:

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Por último, quienes sí tengan la consideración legal de familia numerosa y opten por tributar de forma individual podrán desgravar hasta 30.000 euros y 75 euros por hijo.

Extremadura

En Extremadura se aplica una deducción de hasta 15 euros por hijo de entre seis y quince años por la adquisición de material escolar.

La deducción se limita a quienes cuenten con una base imponible inferior a los 19.000 euros en trinutación individual ni los 24.000 euros en tributación conjunta.

Valencia

En Valencia las deducción por adquisición de material escolar alcanzan hasta los 100 euros por hijo, pero sólo están disponibles para los contribuyentes que se encuentren en desempleo y cuya base imponible no supere los 24.000 euros en la declaración individual y 38.800 euros en declaración conjunta.

A esto hay que añadir ayudas fiscales para la guardería.

Y a modo de resumen

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Cómo guardar los recibos y hasta cuándo

Como es lógico, hay que guardar los recibos de compra y los justificantes del pago de las clases de idioma hasta que hagas la declaración de la renta 2015 el próximo año -recuerda que el periodo comenzará en abril-. Sin embargo, no debes tirar los recibos una vez hecha la renta. Hacienda dispone de cuatro años desde que haces la declaración para realizar inspecciones y si lo hace es muy posible que necesites esos resguardos.

A efectos prácticos esto quiere decir que si haces la declaración de la renta 2015 el 30 de mayo de 2016 -sí, la renta se hace de un año para otro- debes conservar los justificantes hasta el 30 de mayo 2020 e incluso te recomendaría que los guardases hasta finales de 2020.

En ese periodo de tiempo es fácil que el papel se deteriore, así que lo más recomendable es que pidas a la tienda que emita una factura normal, no simplificada, y en papel normal, no el del ticket. Pero lo mejor es que hagas una foto o escanees el ticket de compra, porque así siempre tendrás una prueba de lo que has gastado por si Hacienda decide investigar.

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