Ley Crea y Crece: impulso empresarial y nueva era de la factura electrónica

La Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, más conocida como Ley Crea y Crece para gestión empresarial, representa un importante paso adelante en el entorno empresarial español.

Con el objetivo de dinamizar la creación de negocios, combatir la morosidad y favorecer la digitalización, esta norma trae consigo importantes novedades, entre las que destaca la obligatoriedad de la factura electrónica para empresas y autónomos.

¿Qué es la Ley Crea y Crece?

Esta ley, que ya está en vigor, busca facilitar el nacimiento de nuevas empresas y eliminar trabas burocráticas que, hasta ahora, dificultaban su puesta en marcha. Entre sus medidas clave se encuentran:

  • Simplificación de trámites para constituir una empresa, permitiendo la creación online de sociedades de forma más rápida y accesible.
  • Constitución de sociedades limitadas con solo un euro de capital social, reduciendo así las barreras económicas.
  • Fomento de la financiación alternativa, como el crowdfunding, para que los emprendedores tengan más opciones de acceso a recursos.
  • Refuerzo de la lucha contra la morosidad, una de las grandes problemáticas del tejido empresarial.
  • Impulso a instrumentos financieros más eficaces y adecuados para pymes.

Más allá del emprendimiento: digitalización y control

La Ley Crea y Crece no se limita únicamente a facilitar la creación de negocios. También promueve la modernización digital del ecosistema empresarial mediante el uso de tecnologías que agilicen trámites administrativos y garanticen mayor transparencia. En este contexto, la factura electrónica obligatoria se convierte en uno de los ejes centrales de esta transformación.

Factura electrónica: el nuevo estándar

Uno de los cambios más relevantes que introduce esta ley es la generalización del uso de la factura electrónica en las relaciones entre empresas y autónomos. El objetivo es claro: reducir la morosidad y mejorar el control fiscal. Gracias a esta digitalización, se facilitará la trazabilidad de los pagos y se reducirá el margen de incumplimientos.

Aunque la norma se aprobó en octubre de 2022, la obligación de emitir facturas electrónicas se aplicará de forma gradual, según el volumen de facturación:

  • Grandes empresas (más de 8 millones de euros anuales): finales de 2024 o comienzos de 2025.
  • Pymes y autónomos con menor facturación: finales de 2025 o principios de 2026.
  • Autónomos persona física (B2B): hacia finales de 2026 o principios de 2027 deberán informar a proveedores sobre el estado de las facturas.

Durante este período de transición, las empresas deberán adaptarse incorporando soluciones digitales que les permitan cumplir con los requisitos de la ley.

Aspectos clave de la factura electrónica obligatoria

La nueva normativa sobre facturación establece varios puntos clave que toda empresa debe tener en cuenta:

Seguimiento del estado de las facturas

Se introducen mecanismos para hacer obligatorio el reporte de determinados estados de las facturas electrónicas, lo que facilitará la supervisión y cobranzas:

  • Confirmación de aceptación de la factura.
  • Notificación de pago realizado.

El plazo máximo legal para pagar una factura sigue siendo de 60 días. Esta medida busca frenar la morosidad y garantizar relaciones comerciales más justas y eficientes.

Firma electrónica

Las facturas deberán llevar una firma digital mediante certificado electrónico, garantizando así su autenticidad. Esta firma puede ser realizada por el emisor o, en su defecto, por un proveedor de servicios de facturación autorizado.

Formato estructurado

Las facturas electrónicas deben intercambiarse en un formato estructurado estándar, que facilite su tratamiento automático. En los casos en que una empresa deba interactuar con otra que aún no esté obligada por la ley, deberá poder generar tanto el formato estructurado como una versión en PDF para facilitar la transición.

Preguntas frecuentes sobre la factura electrónica

¿Es obligatoria la factura electrónica en ventas a particulares?

No. Las operaciones dirigidas a consumidores finales (B2C) no están incluidas en esta obligación. En estos casos, sigue siendo válido emitir un ticket de compra convencional.

¿Qué ocurre si un proveedor nacional no emite factura electrónica?

Una vez que entre en vigor la obligatoriedad, no se deberían contabilizar facturas que no cumplan el formato electrónico exigido. Además, Hacienda podría imponer sanciones y considerar dichas facturas como no válidas a efectos fiscales, impidiendo la deducción del IVA correspondiente.

¿Es obligatorio facturar electrónicamente si el cliente o proveedor está en el extranjero?

No. La obligación se aplica únicamente a operaciones en las que tanto el emisor como el receptor de la factura estén establecidos en España.

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