Una de las consecuencias más dramáticas de la crisis son los desahucios que se suceden diariamente en España. La aprobación de una Ley que regule esta problemática se ha hecho esencial. En este sentido, se encuentra en plena tramitación la nueva ley de Medidas para la Protección a los Deudores, Reestructuración de la Deuda y Alquiler social que previsiblemente verá la luz a comienzos de verano.
Aunque no exista un texto definitivo, ya se pueden apuntar una serie de claves para entender en qué consistirá esta nueva ley.
Claves esenciales para entender la nueva ley antidesahucios
Prohibición de la aplicación de cláusulas abusivas por parte de las entidades bancarias. En estos momentos y tras el toque de atención dado por el Tribunal de la UE, los jueces pueden frenar un desahucio si se aprecia que en los contratos hipotecarios ha existido abuso por parte de la entidad crediticia.
Más margen de negociación entre las entidades financieras y los hipotecados en determinados supuestos en los que se produzca el impago.
Definición de un colectivo de especial vulnerabilidad para el estudio de la dación en pago y una flexibilización en el cumplimiento de obligaciones. Dentro de este concepto se integrarían: familias numerosas, monoparentales con dos hijos, unidades familiares con menores de tres años, discapacitados, dependientes o enfermos graves, desempleados o víctimas de la violencia de género cuya cuota hipotecaria sea superior al 50% de los ingresos de la unidad familiar y no superen los 19.164 euros.
Obligatoriedad de que la escritura de hipoteca haga una manifestación expresa del firmante de que conoce los riesgos que asume al contratar la hipoteca.
No se admite dación en pago pero sí quitas de deuda. El hipotecado quedará libre de cargas si en el plazo de 5 años paga un 65% de la deuda (más el interés legal del dinero) o el 85% si el plazo se amplía a 10 años.
Modificación del procedimiento de subastas de los inmuebles embargados cuyo precio de partida no podrá ser inferior al 75% del valor de la tasación.
Limitación en la aplicación del interés de demora. El gravamen aplicado a los impagos se limitarán en tres veces el interés legal del dinero (12% aproximadamente).
Regulación del alquiler social. El fondo estará constituido con un total de 6.000 viviendas que aportarán los bancos. Los beneficiarios deberán poseer unos ingresos familiares que no superen en tres veces el IPREM. Es decir, no superar los 19.164 euros anuales o los 1.597 euros mensuales o se encuentren en situación de vulnerabilidad social. En principio, sólo podrán optar al alquiler social, familias desahuciadas con posterioridad al uno de enero de 2008.
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