El Tribunal Supremo ha avalado la medida para que la Agencia Tributaria pueda abrir inspecciones libremente y de manera simultánea a los implicados de utilizar, de manera fraudulenta, una empresa para pagar menos impuestos. El foco se pondrá directamente sobre aquellos usuarios que utilicen una sociedad para facturar, en lugar de hacerlo como persona física y así ahorrar en RPF.
La nueva sentencia del Tribunal Supremo va en línea con la medida adelantada por el Gobierno de Pedro Sánchez hace meses. El 3 de febrero de 2025 es la fecha marcada en el calendario para que Hacienda destape quiénes son los dueños reales de las empresas. De este modo, deberán ofrecer datos de los titulares reales (fechas de alta y baja o modificaciones en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores).
Con la nueva sentencia del 22 de julio, el ministerio de María Jesús Montero cobra mayor poder para controlar el fraude fiscal y los tributos en España. A partir de ahora, la facturación falsa de servicios por una empresa y hacerlos pasar por el Impuesto de Sociedades acarreará graves sanciones.
El Alto Tribunal da vía libre a la Agencia Tributaria para realizar varias inspecciones en paralelo, alegando que esta medida no causa indefensión, ya que cada parte podrá alegar lo que le conviniese en su procedimiento de inspección. Además, podrán recurrir libremente la liquidación que se hubiese practicado.
Y es que, la Administración Pública tiene plena libertad para acometer procesos de investigación separados a cada contribuyente (distinguiendo a personas físicas y jurídicas), pero vinculados en una misma operación. Así queda recogido en la Ley 13/2023, de 24 de mayo.