Las criptomonedas llevan tiempo en el radar de Hacienda para que sus tenedores tributen por ellas e informen sobre los saldos acumulados. De hecho, el Modelo 721 de la Agencia Tributaria aborda explícitamente la obligación de ofrecer información sobre las monedas virtuales en el extranjero.
Quiénes deben presentarlo
El modelo 721 se creó como la versión del modelo 721 para monedas virtuales y determina cuándo hay que declarar las criptomonedas que están fuera de España.
El modelo sirve para informar sobre los saldos de criptomonedas y monedas virtuales situados en el extranjero y cuyo valor supere los 50.0000 euros.
En concreto, el texto indica que deben sumnistrar “información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado, o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales”.
Y aquí es donde pueden las interpretaciones sobre qué los servicios que hay que declarar y que la consulta vinculante v2290-23 de la Dirección General de Tributos (DGT) aclara.