Seguro de hogar, de vida, de protección de pagos… La mayoría de hipotecas vienen cargadas de productos vinculados o, como se llaman ahora, productos bonificados. ¿Es posible incluir estos seguros al desgravar por la vivienda en la declaración de la renta?
Desde la reforma fiscal de 2012, solo quienes compraron su casa antes del 1 de enero de 2013 pueden deducir por ella en el IRPF. El resto, los que adquirieron la vivienda en 2013 y los años siguientes, deberán incluir los datos del piso, pero no podrán desgravar por los gastos de adquisición, ni tampoco podrán desgravar los seguros bonificados de sus hipotecas.
Cómo funciona la deducción por vivienda
Aclarado quienes pueden y quienes no pueden desgravar por adquisición de vivienda en términos generales, vamos a repasar cómo funciona la deducción y a cuánto asciende. En concreto, los contribuyentes pueden deducir el 15% de las cantidades destinadas a la compra de su casa sobre un máximo de 9.040 euros. Traducido en euros, esto quiere decir que el ahorro fiscal por comprar vivienda es de 1.356 euros que nos ahorraremos al hacer el IRPF.
Este límite se aplicará tanto en tributación individual como en tributación conjunta. Dicho de otra forma, si un matrimonio hace la declaración conjunta, solo podrán desgravar esas cantidades en total, mientras que si optan por la individual, cada uno de los cónyuges podrá aplicar esa misma deducción. Esto supone una enorme diferencia y un buen truco fiscal a tener en cuenta, especialmente si tenemos en cuenta cómo tributan los seguros de la hipoteca (como veremos después)
A efectos prácticos, un matrimonio que opte por hacer la declaración conjunta se ahorrará 1.356 euros como mucho, mientras que si este mismo matrimonio hace el IRPF de forma individual, el ahorro será de 2.712 euros (1.356 euros multiplicados por dos). Por eso mismo, en los matrimonios[…]Leer noticia completa en la fuente original