Entre las obligaciones de los parados figuran la búsqueda activa de empleo y tener que rendir cuentas al SEPE de forma trimestral. Dicho de otra forma, tener que sellar el paro. Por fortuna, la administración electrónica permite llevar a cabo este trámite de forma telemática. Os explicamos como.
Uno de los muchos inconvenientes de estar en el paro es tener que visitar las oficinas del antiguo INEM, ahora Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), más a menudo de lo que a uno le gustaría. La demanda de empleo suele ser el principal motivo de estos desplazamientos, aunque también hay otros como solicitar alguno de los cursos de formación que ofrece. El segundo no es otro que la renovación de la demanda de desempleo.
Los avances en la administración electrónica permiten ahora ahorrar mucho tiempo en trámites que pueden hacerse desde casa a través de internet y renovar la demanda de desempleo es una de ellas.
¿Cómo sellar el paro a través de internet?
Renovar la demanda de desempleo es una de las obligaciones de todo desempleado que cobre algún tipo de prestación. Este trámite debe hacerse cada tres meses en la fecha que indica el justificante de demanda de empleo que entrega el SEPE, si bien puede retrasarse si el día indicado es sábado o domingo. Para hacerlo, el demandante puede acudir a su oficina del INEM o hacer el trámite de forma telemática. En cualquier caso, dado que las competencias en materia de desempleo están transferidas a las comunidades autónomas depende de estas el ofrecer o no la posibilidad de sellar el paro a través de internet. Es decir, será cada región la que decida o no ofrecer este servicio.
La mayoría de comunidades permiten renovar la demanda de desempleo de forma telemática a través de sus oficinas virtuales de empleo. Los trámites suelen ser sencillos pero para acceder a los mismos es necesario contar con el certificado digital, que se puede obtener a través de CERES (CERtificación ESpañola), DNI electrónico o en su defecto Usuario y Contraseña en redtrabaj@. Alguno de estos documentos también son necesarios para realizar otros trámites con la Seguridad Social e incluso para solicitar el paro a través de internet en las comunidades que así lo permiten.
En cualquier caso, como la posibilidad de sellar el paro online depende de cada Comunidad Autónoma, aquí os dejamos un enlace a las mismas:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Ceuta y Melilla
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Madrid
- Murcia
- Navarra
- País Vasco
Multas en caso de demora
Hay que recordar que renovar la demanda de desempleo en la fecha habilitada es una obligación cuyo incumplimiento está sujeto a sanciones a no ser que exista una causa justificada. Desde SEPE explican que desatender esta obligación se considera sanción leve y como tal se castiga de la siguiente forma:
- Primera infracción: Pérdida de un mes de prestación
- Segunda infracción: Pérdida de tres meses de prestación
- Tercera infracción: Pérdida de seis meses de prestación
- Cuarta infracción: Extinción de la prestación
Tras la primera infracción y pasado un mes se reactivará la prestación pero si se comete una cuarta falta, sea esta no renovar la demanda a tiempo o cualquier otra de las infracciones previstas. Por eso resulta necesario conocerlas. Estas son no comparecer ante el SEPE, las Agencias de Colocación o entidades asociadas de los servicios integrados para el empleo, no devolver en el plazo de 15 días al SEPE o las agencias de Colocación el justificante de haber acudido a la fecha y hora prevista a una entrevista de trabajo y, por supuesto, no renovar la demanda de empleo a tiempo.
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