Todas las deducciones en la declaración de la renta 2014

Uno de los errores más habituales al hacer la declaración de la renta es dejar pasar deducciones. Para que esto no te ocurra, desgraves todo lo que puedes y pagues menos impuestos, te recordamos todas las deducciones que puedes aplicar en la renta 2014.

Todos los días intentamos ahorrar de una forma u otra. Dejamos de comprar cosas innecesarias, aprovechamos las ofertas de los supermercados , esperamos a las rebajas… Siempre hay alguna forma de ahorrar un poco y la declaración dela renta 2014 no es una excepción. La planificación fiscal y las deducciones son las herramientas a tu disposición para pagar menos impuestos en el IRPF. Deducciones por compra de vivienda, por maternidad o simplemente por tener un plan de pensiones nos pueden ayudar a reducir el importe final a pagar.

Empezamos este repaso con las deduciones sobre la Base Imponible

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Aportaciones a planes de pensiones y seguros

Se reducen de la Base Imponible las siguientes aportaciones  y contribuciones a sistemas de previsión social con un conjunto de requisitos:

  • aportaciones y contribuciones a planes de pensiones
  • aportaciones y contribuciones a mutualidades de previsión social
  • primas satisfechas a planes de pensiones asegurados
  • aportaciones de pensiones realizadas por los trabajadores a planes de previsión social empresarial
  • primas a seguros privados que cubran el riesgo de dependencia

Dicho de otra forma, el ahorro para la jubilación a través de planes de pensiones y PIAs permitirán pagar menos impuestos en la renta 2014. El límite máximo conjunto de estas deducciones será la menor de las siguientes cantidades:

  • El 30% de la suma de los rendimientos netos de trabajo y de actividades económicas percibidos para los menores de 50 años  y del 50% para los mayores de 50 años.
  • Un total de 10.000 euros anuales para los menores de 50 años y de 12.500 para los mayores.-8.000 euros para la renta 2015 por la reforma fiscal-.

Si quedasen cantidades pendientes de deducir por ser contar con una base imponible insuficiente, se podrán deducir en los siguientes 5 años, aunque deberás solicitarlo a Hacienda.

Aportaciones a sistemas de previsión social

Aportaciones a favor de personas con discapacidad, con grado de minusvalía física igual o superior al 65% , y psíquica superior al 33%. Aportaciones de las propias personas con discapacidad o los que tengan relación de parentesco de hasta tercer grado. Límites máximos:

  • 10.000 euros anuales para las personas con parentesco
  • 24.250 euros para las realizadas por la persona discapacitada

Pensiones compensatorias

Si pagas algún tipo de pensión compensatoria, también podrás deducirla de la base imponible siempre que cumpla una serie de requisitos. En este sentido, las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, a excepción de las fijadas a favor de los hijos del contribuyente por orden judicial, se restarán a tus ingresos a efectos de calcular la base imponible del IRPF 2014.

Cuotas y aportaciones a partidos políticos

Las cuotas de afiliación a partidos políticos, federaciones, coaliciones se restarán a la base imponible con un límite máximo 600 euros.

Adquisición de vivienda

La deducción por adquisición de vivienda sigue viva en la declaración de 2014, pero sólo para quienes compraron su casa antes del 1 de enero de 2013. Si ese es tu caso, podrás desgravar hasta el 15% del dinero aportado cada año sobre una base máxima de 9.040 euros.

Recuerda que dentro de las cantidades aportadas podrás incluir también los seguros ligados a la hipoteca.
Si necesitas ampliar información, aquí puedes hacerlo.

Alquiler de vivienda

Si vives de alquiler también podrás desgravar en la renta de 2014 -esta opción desaparece en el IRPF 2015 para quienes comiencen su arrendamiento este año-. En este caso podrás deducir hasta un 10,5% de lo que pagas de alquiler sobre una base máxima de 9.040 euros, aunque sólo si tu base imponible es inferior a 12.000 euros. Si ganas más, la base sobre la que aplicar la retención se irá reduciendo -llega a cero en los 24.020 euros-.

A esta deducción podrás sumar las que se apliquen en tu comunidad autónoma. Aquí puedes consultarlas.

Donativos

Tu altruismo tienen premio a la hora de pagar impuestos en 2014. En concreto, podrás deducir el 10%, 20% o 30% de las cantidades aportadas a entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones contempladas por entidades autorizadas por la ley.
El tipo de institución y su actividad marcarán el porcentaje concreto a aplicar. Recuerda que además de las aportaciones extraordinarias, también podrás desgravar las cuotas de socio y las aportaciones no dinerarias.

Por ser madre trabajadora

Si eres madre de un niño o niña menor de 3 años y trabajas, tanto en una empresa como autónoma, puedes deducir 1.200 euros en el IRPF. En realidad, se trata de una minoración sobre la base diferencial del IRPF que puede aplicarse al hacer la declaración de la renta o anticipadamente como una renta mensual de 100 euros. Si no has cobrado ese dinero mes a mes, podrás restarlo en tu declaración de la renta.

Por invertir en empresas de nueva creación

Si eres un Business Angel o has invertido en una empresa de nueva creación podrás deducir el 20% de lo aportado en la cuota estatal de IRPF. La base máxima de la deducción es de 50.000 euros y se compone por el valor de las acciones adquiridas, lo que coloca en 10.000 la deducción máximas.

Nacimiento y adopción

Más allá de la ayuda a madres trabajadoras, la maternidad, paternidad y adopción permiten disfrutar de ventajas fiscales, aunque no en todo el país. Esta es una de las deducciones autonómicas más repetidas. Casi todas las regiones incluyen algún tipo de ventaja en el IRPF por el nacimiento o la adopción.
La cuantía de las deducciones varía en cada región y va desde los 150 euros por hijo hasta los 300 euros.

Deducción del mínimo personal y familiar

Parte de la base liquidable que se destina a necesidades personales y familiares del contribuyente. Las deducciones dependen del número de hijos, edades, etc.

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